Hacienda confirma los tramos de retención del IRPF que afectarán a las nóminas de los trabajadores este mes de enero. Las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, que se aplican a los salarios, son muy importantes tenerlas en cuenta. Esto es así, porque determinan, en gran parte, si la declaración de la Renta saldrá a pagar o a devolver.
Estos son los tramos de retención del IRPF que Hacienda aplica a los salarios
Las nuevas retenciones del IRPF que se aplicará a las nóminas en 2024, no se pueden establecer hasta que se aprueben los Presupuestos Generales del Estado, lo cual está previsto sea antes del próximo mes de abril. Por consiguiente, hasta que eso suceda, estos son los tramos que se van a retener en los salarios de los empleados en el mes de enero:
Tramos IRPF (en euros) | Tipo estatal / autonómico / total |
---|---|
Hasta 12.450 | 9,5% / 9,5% / 19% |
De 12.450 a 20.199 | 12% / 12% / 24% |
De 20.200 a 35.199 | 15% / 15% / 30% |
De 35.200 a 59.999 | 18,5% / 18,5% / 37% |
De 60.000 a 299.999 | 22,5% / 22,5% / 45% |
A partir de 300.000 | 24,5% / 22,5% / 47% |
Como se puede comprobar en la tabla anterior, el impuesto es progresivo, es decir, que depende del nivel de ingresos de cada trabajador. No obstante, para calcular la retención final que va a aplicarse en la nómina, se tienen en consideración la situación familiar y personal del mismo. Por ejemplo, si tiene o no hijos a cargo o si presenta algún grado de discapacidad.
Salarios mínimos exentos de abonar el IRPF
El Real Decreto 439/2007, que regula el reglamento del IRPF, determina unos mínimos exentos de abonar el IRPF. Esto determina que la AEAT no podrá realizar ningún tipo de retención sobre los rendimientos del trabajo que no superen estas cuantías. La normativa vigente contempla tres tipos de situaciones posibles, en relación con el estado civil y las cargas familiares del trabajador, de las cuales hay que informar a la administración tributaria, utilizando el modelo 145 de Hacienda:
- Situación 1: Soltero, viudo, divorciado o separado legalmente.
- Situación 2: Personas casadas con hijos a cargo.
- Situación 3: Personas solteras, viudas o separadas, sin hijos.
Esta sería el salario mínimo exento de abonar el IRPF, dependiendo de la situación del empleado/a:
Situación | Sin hijos / 1 hijo / 2 hijos o más |
---|---|
1 | —– / 12.270 € / 18.617 € |
2 | 16.969 € / 17.894 € / 19.241 € |
3 | 15.000 € / 15.599 € / 16.272 € |
Síguenos para estar informado acerca de otras noticias de actualidad. Mira lo que ofrecemos a diario en nuestro portal web especializado en información de la comunidad autónoma de Andalucía.