Las personas que perciben una prestación o subsidio por desempleo del SEPE deben cumplir unas obligaciones, para no perder el derecho a cobrar el paro, en caso de cometer una infracción grave. Por lo tanto, se trata de unas normas que son de obligado cumplimiento para todas las personas desempleadas, que reciben alguna de las ayudas económicas que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal.
Estas son las obligaciones de las personas beneficiarias de las prestaciones o subsidios por desempleo del SEPE
Según la normativa recientemente aprobada por el Consejo de Ministros, los subsidios por desempleo van a cambiar en 2024. El nuevo año va a traer una subida de las cuantías, hasta los 570 euros mensuales, además de otras particularidades. Una de ellas es que se considerará una infracción grave rechazar una oferta de empleo y que, por lo tanto, de producirse, puede dar lugar a la pérdida del derecho a seguir cobrando una ayuda del SEPE.
Hay que recordar que una de las obligaciones fundamentales de las personas demandantes de empleo y que perciben una prestación, es la de suscribir un compromiso de actividad. Esto supone que el/la beneficiario/a de una prestación debe realizar una búsqueda activa de empleo (BAE). Por consiguiente, tiene que aceptar las colocaciones adecuadas y no puede rechazar acciones formativas encaminadas a aumentar su empleabilidad.
El SEPE interpone estas sanciones a las personas que perciban una prestación y no cumplan con sus obligaciones
Tal y como indica la web del SEPE en su apartado de obligaciones, infracciones y sanciones. “Las personas que perciban prestaciones por desempleo deben cumplir una serie de obligaciones establecidas en la ley”. Además, “el incumplimiento de estas obligaciones supone cometer infracciones que se sancionarán de acuerdo con las leyes vigentes”:
- Si hay un incumplimiento por primera vez, se considera infracción leve: 3 meses de suspensión de la ayuda.
- En caso de ser reincidente una segunda vez: La sanción dará lugar a 6 meses sin cobrar.
- Incurrir en la falta una tercera vez: Supondrá la pérdida completa del subsidio o de la prestación por desempleo.
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