Regularización extraordinaria para personas migrantes: la Seguridad Social despeja dudas

La medida permite residir y trabajar durante al menos un año, además de facilitar el acceso a servicios sociales, sanitarios y a una integración laboral más estable.

La regularización extraordinaria abre una vía excepcional para personas migrantes en España que están en situación irregular o que solicitaron Protección Internacional antes del 1 de enero de 2026. El plazo estará abierto hasta el 30 de junio y solo se admitirán solicitudes presentadas en los canales habilitados. Además, hay que aportar documentación imprescindible para poder llevar a cabo el trámite de forma correcta.

Quién puede pedir la regularización extraordinaria para personas migrantes en España

El procedimiento está dirigido a dos perfiles. Primero, personas que solicitaron Protección Internacional en España antes del 1 de enero de 2026. Segundo, migrantes en situación administrativa irregular que llegaron al país antes de esa fecha.

¿Entras en alguno de estos casos? Entonces toca revisar bien el trámite, porque no vale presentar la solicitud de cualquier manera.

Situación del solicitanteCondición principal
Protección InternacionalSolicitud previa al 1 de enero de 2026
Situación irregularLlegada a España antes del 1 de enero de 2026

El Real Decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 15 de abril y el plazo comenzó el jueves 16 de abril.

Cómo presentar la solicitud y por qué no sirve cualquier registro público

La solicitud puede hacerse por vía telemática o presencial. La opción online estará disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, durante todo el plazo.

La presentación presencial funcionará con cita previa en oficinas habilitadas de Correos, Seguridad Social o Extranjería. No son todas, así que conviene comprobarlo antes. Si se presenta en cualquier registro público, no se tendrá en cuenta.

Además, las citas presenciales son gratuitas. Nadie puede cobrar por reservarlas ni por disponer de ellas.

Documentos necesarios para completar correctamente el expediente de regularización extraordinaria

El certificado de vulnerabilidad no será obligatorio para quienes sean o hayan sido solicitantes de Protección Internacional. En otros casos, habrá que acreditar alguna de estas situaciones:

  • Haber trabajado en España o contar con oferta de empleo.
  • Tener intención de trabajar por cuenta propia mediante declaración responsable.
  • Formar parte de una unidad familiar con hijos menores, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado.
  • Estar en situación de vulnerabilidad y no poder acreditar las opciones anteriores.

Cuando sea necesario, el certificado deberá estar sellado por servicios sociales o entidades inscritas en el Registro RECEX. También será gratuito.

El solicitante deberá aportar certificado de antecedentes penales o documento equivalente del país de origen, o de los países donde haya residido durante los cinco años anteriores a su llegada a España.

Trabajo, ayuda gratuita y teléfono de contacto durante todo el procedimiento

La comunicación del inicio del procedimiento habilita automáticamente para trabajar en todo el territorio español y en cualquier sector. Este punto es clave para la persona solicitante y también para posibles empleadores.

Para dudas y cita previa se habilita el teléfono 060, con atención en español de lunes a viernes, de 09:30 a 14:00 y de 16:30 a 19:30.

También se puede contar con apoyo de abogados, graduados sociales, gestores administrativos, entidades sociales y sindicatos especializados. La solicitud, aun así, puede presentarla directamente la persona interesada.

Toda la información oficial, respecto al proceso de regularización de personas migrantes, está en la web oficial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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