Ya quedan apenas 2 semanas para uno de los momentos más temidos por muchos españoles: presentar su declaración de la Renta. Debido a las actualizaciones que hace Hacienda, son muchos quienes dudan sobre cómo hacerla, con temor a equivocarse y ser multados por la Agencia Tributaria. En el artículo de hoy, vamos a hablar sobre la declaración del IRPF en el caso de las personas jubiladas. ¿Quiénes son los que no tienen que presentar su ejercicio? ¿Qué pasa si estás en el extranjero? Te lo respondemos:
Declaración de la Renta para jubilados: preguntas y respuestas
Hay quienes se preguntan si las personas jubiladas tienen que presentar su declaración de la Renta, al estar percibiendo una pensión. La respuesta es sí: la pensión es un ingreso y hay que atestiguarlo a Hacienda. Sin embargo, no todos los jubilados tienen que hacerla. Te mencionamos las exenciones:
¿Quiénes son las personas jubiladas exentas de la declaración de la Renta?
Por norma general, la Ley de IRPF fija en 22.000 euros el mínimo exento para declarar las rentas del trabajo provenientes de un solo pagador y también para las prestaciones pasivas. Estas incluyen las pensiones y ayudas públicas, como la pensión de jubilación. Por lo tanto, los jubilados que perciban menos de esta cantidad anual, no están obligados a presentar su declaración de ingresos anuales.
En el caso de que tengas dos o más pagadores, este límite cambia, reduciéndose a 15.876 euros-hasta 2023 eran 15.000 euros-. Eso sí: solo cuando los ingresos procedentes del segundo y siguiente pagador hayan superado los 1.500 euros.
Declaración de la Renta: ¿qué pasa si resides en el extranjero?
Son muchos los jubilados pensionistas que no viven en España y dudan si, al no residir allí, tienen que seguir presentando su declaración de la Renta. Sí, la respuesta es sí. La realidad es que las pensiones extranjeras tributan en España. Por esta razón, si recibes una pensión de otro país, también debes incluirla en tu declaración.
No obstante, la Agencia Tributaria especifica los países donde existen tratados para evitar la doble imposición. Por ello, hay que acudir a las disposiciones del Convenio para conocer la potestad tributaria de cada Estado sobre la pensión y, además, las medidas aplicables para paliar la doble imposición.
Asimismo, los convenios suelen contener dos disposiciones relativas a las pensiones, una general y otra destinada a las prestaciones derivadas de haber prestado servicios como trabajador del sector público, y cada una de ellas señala las potestades tributarias que corresponden a cada Estado firmante.
¿Qué con la devolución del IRPF a los mutualistas?
A finales de 2024, Hacienda anunció que, a raíz de una reforma fiscal aprobada en el Congreso, quienes en las antiguas mutualidades cotizaron de más pueden reclamar su devolución en sus declaraciones de la Renta de varios ejercicios, sin embargo, han fijado plazos más amplios.
De esta forma, los mutualistas en 2025 podrán solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos entre los días 2 de abril y 30 de junio de 2025, ambos inclusive.
Si estás cobrando una pensión de jubilación, esperamos haber resuelto todas tus dudas para la declaración de la Renta de este año. Te recordamos que en la sección de trámites, publicamos noticias que puedan facilitarte cómo efectuar distintos procedimientos.