El 1 de noviembre de 2024 entró en vigor el subsidio por desempleo, en una reforma aprobada por el Gobierno en mayo, tras una negociación con los sindicatos CCOO y UGT. Esta ayuda del SEPE, fijada en 570 euros, tiene como objetivo asistir a aquellas personas que no han cotizado el tiempo suficiente para poder cobrar el paro. Para poder solicitarla, solo necesitas cumplir con una condición. ¿Quieres saber de cuál se trata? Te la explicamos:
¿Qué necesitas para cobrar el subsidio del SEPE?
Además de, obviamente, encontrarte en situación de desempleo y no ser autónomo, el SEPE establece un único requisito para poder convertirte en beneficiario de este subsidio: haber cotizado en la Seguridad Social un periodo mínimo de 90 días. Esto implica un cambio significativo en los derechos sociales, ya que hasta antes del 1 de noviembre de 2024, el SEPE requería que los desempleados hubiesen cotizado al menos seis meses (unos 180 días). Las nuevas cantidades, son las siguientes:
- 570 euros al mes: (95% del IPREM) los seis primeros meses.
- 540 euros al mes: (90% del IPREM) los siguientes seis meses, del séptimo al duodécimo de cobro.
- 480 euros al mes: (80% del IPREM) a partir del 13 mes de cobro hasta su extinción. La cuantía para el subsidio de mayores de 52 años continúa siendo el 80% del IPREM 2024 (480 euros).
¿Qué más destacamos de este subsidio del SEPE?
Por otro lado, la reforma del Gobierno aplicada desde el 1 de noviembre de 2024, implica otras novedades muy relevantes. En primer lugar, se suprime el mes de espera para la solicitud de los subsidios de desempleo. Otras mejoras, son:
- Desaparece el concepto de “días consumidos”. El nacimiento del derecho será el día de la solicitud, con carácter general.
- Se suprime el doble requisito de carencia de rentas, propias y de la unidad familiar.
- Se reduce a un trimestre el periodo de reconocimiento. Es decir, el subsidio se aprueba por un período trimestral tras el que hay que realizar una solicitud de prórroga del subsidio.
- Se exigirá una declaración responsable de rentas e ingresos a la persona solicitante y la obligación de presentar anualmente la declaración del IRPF.
- Las personas que perciben el subsidio podrán compatibilizarlo con el complemento de apoyo al empleo temporalmente hasta un máximo de 180 días.
- Compatibilidad de las prestaciones por desempleo con las becas y ayudas que se obtengan por asistencia a acciones de formación profesional o en el trabajo.
- Unificación de la protección por desempleo de las personas trabajadoras eventuales agrarios con el resto de personas trabajadoras y se simplifica el acceso y la gestión.
- Se amplía la cobertura del subsidio de agotamiento para menores de 45 años sin el requisito de cargas familiares a aquellas personas que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 360 días.
¿Cómo funciona el complemento de apoyo al empleo?
El complemento de apoyo al empleo del SEPE, aprobado en la misma fecha, es el que tiene lugar pasados los 180 días tras la prestación del subsidio por desempleo y tiene la misma duración: 6 meses.
Su cuantía irá decreciendo y dependerá de cuánto lleve el beneficiario cobrando el subsidio y del tipo de contrato, incentivando que se trabajen más horas. Para no perderte ninguna noticia relacionada con subvenciones y ayudas públicas, te recomendamos visitar la sección de prestaciones.