El SEPE aclara cuándo puedes cobrar la pensión de viudedad y el subsidio de mayores de 52 años a la vez

El límite de rentas en 2026 es de 915,75 euros mensuales. El organismo incluye las pagas extra de la viudedad y las demás rentas.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) admite compatibilizar una pensión de viudedad con el subsidio para mayores de 52 años. Sin embargo, exige comunicar la pensión y mantener las rentas propias dentro del límite previsto. En 2026, el umbral equivale al 75% del SMI y alcanza 915,75 euros mensuales. La aclaración ha cobrado actualidad tras una información de 65YMÁS publicada el 20 de agosto y basada en las preguntas frecuentes del SEPE.

El SEPE cuenta la viudedad con las pagas extra prorrateadas

Para hacer la comprobación no basta con mirar lo que entra en la cuenta en un mes ordinario. El SEPE incluye el prorrateo de las pagas extraordinarias en el importe mensual de la pensión. Si la viudedad se cobra en 14 pagas, su importe anual debe trasladarse a doce meses. Además, cualquier otra renta del beneficiario se suma para comprobar si se cumple la carencia de rentas.

Esta regla puede cambiar el resultado. Una pensión de 780 euros en 14 pagas suma 10.920 euros al año. A efectos del SEPE equivale a 910 euros mensuales, por debajo del tope de 915,75. Una pensión de 800 euros, también en 14 pagas, equivale a 933,33 euros mensuales. Esa cifra supera el límite de rentas en 2026. Los ejemplos no incluyen otros ingresos, que también deben añadirse al cálculo.

El complemento de mínimos puede cambiar la compatibilidad con el subsidio

El SEPE contempla un supuesto específico cuando el límite se supera únicamente por el complemento de mínimos. Si la pensión queda por debajo del 75% del SMI sin ese complemento, puede mantenerse la compatibilidad. Para ello, la persona debe renunciar al complemento ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Mientras mantenga la renuncia, el SEPE no contará ese importe para valorar la carencia de rentas.

La renuncia no es una obligación general ni será siempre la alternativa más favorable. Depende de cuánto se deje de cobrar y del derecho que se conserve con el subsidio. Esta ayuda equivale al 80% del IPREM, actualmente 480 euros mensuales. Además, el SEPE mantiene cotizaciones para la jubilación mientras se percibe, según las condiciones aplicables. La cotización del subsidio es otro elemento que debe valorarse antes de renunciar al complemento.

Comunicar la pensión al SEPE es obligatorio para evitar sanciones

Cuando se reconoce la viudedad a quien ya cobra un subsidio, el pensionista debe comunicar la nueva cuantía al SEPE. El organismo advierte de una posible infracción grave si no informa y, además, supera el límite de rentas. Esa infracción puede provocar la pérdida del subsidio. Por eso, comunicar los ingresos al SEPE resulta esencial cuando cambia la situación económica.

Esta obligación es distinta de la declaración anual de rentas. Los perceptores del subsidio de mayores de 52 deben presentar la declaración anual de rentas cada doce meses. El plazo es de 15 días desde que se cumplen esos doce meses. Si se entrega tarde, el SEPE interrumpe el pago y las cotizaciones hasta su presentación. Un cambio que haga superar el límite debe comunicarse cuando se produzca, sin esperar a la declaración anual.

El subsidio de mayores de 52 mantiene sus demás requisitos

Compatibilizar la viudedad no sustituye las condiciones generales del subsidio. El SEPE exige tener 52 años o más y encontrarse en una situación que permita acceder a la ayuda. También pide estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el acuerdo de actividad. El solicitante debe reunir los requisitos de jubilación contributiva, salvo la edad. Asimismo, necesita al menos seis años cotizados por desempleo a lo largo de su vida laboral.

Si se mantienen esas condiciones y la carencia de rentas, el subsidio puede durar hasta la edad ordinaria de jubilación. Su cuantía es el 80% del IPREM y el SEPE cotiza por jubilación sobre el 125% de la base mínima. Cobrar viudedad, por tanto, no elimina por sí mismo el derecho. El punto decisivo es calcular correctamente las rentas, comunicar la pensión y conservar todos los requisitos durante la percepción.

Para conocer otras ayudas, requisitos y novedades relacionadas con el SEPE, consulta nuestra sección de prestaciones.