La Junta analiza 389 puntos de control y confirma el estado real de las aguas de baño andaluzas

La Consejería de Sanidad retira las restricciones en el embalse cordobés de La Colada y en la playa de Levante en La Línea.

Las aguas de baño andaluzas se sitúan dentro de los rangos de calidad exigidos por la normativa vigente, un indicador que garantiza la aptitud para el recreo de todo el litoral y de los espacios fluviales autorizados en la comunidad autónoma. De hecho, algunas figuran entre las mejores de España, según un reciente reconocimiento internacional.

De acuerdo con el último reporte quincenal de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencia, correspondiente a la segunda mitad de junio del año 2026, no existen prohibiciones sanitarias en las playas costeras ni en los entornos fluviales o embalses de las ocho provincias; una circunstancia que asegura un inicio de temporada estival con plenas garantías de salubridad para los bañistas.

Este escenario de tranquilidad se alcanza tras solventarse las dos únicas incidencias de consideración que continuaban activas en el territorio andaluz: los análisis microbiológicos y visuales más recientes han permitido restablecer el baño en el embalse de La Colada, situado en el municipio cordobés de El Viso, que acumulaba más de doce meses clausurado por la presencia de cianobacterias; asimismo, la Junta de Andalucía ha retirado la prohibición que afectaba a un sector delimitado de la playa de Levante-Santa Bárbara, en la localidad gaditana de La Línea de la Concepción, una vez corregido de forma definitiva un problema de vertidos residuales que se había registrado semanas atrás.

Qué controles superan las aguas de baño andaluzas para certificar su salubridad

El Programa de Vigilancia Sanitaria, coordinado por la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, realiza un seguimiento continuo durante el periodo estival, que se extiende desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre. Con el propósito de vigilar la salubridad de las aguas de baño andaluzas, los inspectores de la administración autonómica han examinado muestras obtenidas en 389 puntos de control distribuidos por las 304 zonas de recreo que configuran el registro oficial de la región.

Del conjunto de estos espacios, un total de 278 se ubican en la costa de la comunidad autónoma, mientras que 10 corresponden a entornos fluviales y de interior de temporada regular; a estos puntos se añaden otras 16 áreas continentales de temporada reducida, cuyo calendario de uso público se concentra entre el 1 de julio y el 25 de agosto de 2026, y en las que ya se han efectuado los análisis previos preceptivos. Como novedad para el presente ejercicio, el censo de zonas de interior ha sumado un nuevo espacio: el río Genal a su paso por el término municipal de Faraján, en la provincia de Málaga.

Los criterios científicos aplicados para determinar si un espacio es apto para el baño son:

  • Presencia de microorganismos que revelen contaminación de origen fecal, específicamente enterococos intestinales y Escherichia coli.
  • Inspección visual de elementos de carácter macroscópico, prestando atención a la coloración y a la transparencia del agua.
  • Detección de sustancias como aceites minerales, espumas de carácter persistente o residuos flotantes en la superficie.
  • Control de basuras de origen humano acumuladas en el entorno, tales como elementos plásticos, vidrios, gomas o maderas.
  • Monitorización de factores ambientales variables, entre los que destacan la proliferación de macroalgas, cianobacterias o fitoplancton.

Cómo se clasifican las zonas de baño y dónde consultar los datos oficiales

La fiscalización que efectúa la administración andaluza no se limita a un examen aislado del momento: el marco de control estatal, establecido en el Real Decreto 1341/2007 sobre la gestión de la calidad de las aguas de recreo, requiere un análisis histórico acumulado. Por este motivo, la Consejería evalúa las condiciones higiénicas tomando como referencia los datos de las últimas cuatro temporadas; a partir de este registro de mediciones, cada punto de muestreo obtiene una calificación anual que se divide en cuatro categorías: insuficiente, suficiente, buena o excelente.

En los casos en que se incorpora un nuevo entorno al registro oficial, tal como ha sucedido este verano con el río Genal en territorio malagueño, la zona se identifica temporalmente como no clasificada; para que este espacio pueda recibir una catalogación formal de calidad, las directrices vigentes exigen recopilar un mínimo de 16 muestras válidas obtenidas durante varias campañas consecutivas de control.

Las corporaciones locales andaluzas tienen la obligación de colocar paneles informativos en sus playas y entornos fluviales, detallando de forma clara las condiciones del agua y cualquier eventualidad que pueda surgir; para los ciudadanos que requieran comprobar el estado de salubridad antes de acudir a estos espacios, la Junta de Andalucía facilita el acceso a los datos en tiempo real mediante un mapa interactivo y difunde informes de seguimiento quincenales en la web oficial de la Consejería de Sanidad.

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