La reforma que busca mejorar la pensión de abogados, procuradores, médicos, arquitectos y otros profesionales mutualistas encara su votación en el Pleno del Congreso del 11 de junio.
El dictamen aprobado el 26 de mayo en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social incorpora cambios clave sobre fiscalidad, cotizaciones y futuro de las mutualidades. El punto más llamativo es claro: quienes usen la pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) podrán trasladar sus derechos económicos acumulados sin tributar en el IRPF por ese movimiento. Pero eso no significa que la futura pensión quede libre de impuestos.
Los mutualistas podrán pasar al RETA sin tributar por sus fondos acumulados
La norma prevé que el traspaso de las aportaciones acumuladas y de la rentabilidad generada no tenga impacto fiscal en la Renta. Hasta ahora, retirar esos fondos habría obligado a pagar por la remuneración obtenida.
Sin embargo, cuando el profesional empiece a cobrar la pensión pública, tributará como cualquier jubilado. La ventaja se concentra en el traslado, no en el cobro posterior de la prestación.
Quién puede acogerse a la pasarela y qué condiciones deberá cumplir
¿A quién le afecta de verdad? La pasarela está pensada para mutualistas que no estén jubilados y que no hayan generado derecho a una pensión de la Seguridad Social. En la práctica, supone no haber cotizado más de 15 años en el sistema público.
Entre los perfiles más afectados figuran:
- Abogados y procuradores con carrera principal en una mutualidad.
- Médicos, arquitectos y otros colegiados con régimen alternativo.
- Profesionales que necesitan completar cotizaciones para mejorar su jubilación.
La reforma busca evitar pensiones demasiado bajas entre trabajadores que durante años aportaron menos de lo que les habría correspondido en el RETA.
Así se convertirán los fondos en años cotizados a la Seguridad Social
Uno de los puntos pendientes quedará para desarrollo reglamentario: cómo se transformará el dinero acumulado en años cotizados. La ley apunta a la base mínima que habría correspondido aportar en el RETA, actualizada según se determine, y a un coeficiente reductor del 0,77% para rellenar más periodos.
También habrá reglas específicas para quienes tengan 52 años a 31 de diciembre de 2026. En su caso, cada mes completo de alta y cotización en la mutualidad alternativa contará como un mes en el RETA.
Estas son algunas fechas y claves que conviene tener presentes:
| Clave de la reforma | Qué establece |
|---|---|
| Votación en el Congreso | Pleno del 11 de junio |
| Informe sobre la alternatividad | Antes del 31 de diciembre de 2030 |
| Mayores de 52 años | Regla especial a 31 de diciembre de 2026 |
| Aportaciones a mutualidad | 86% este año, 93% en 2027 y 100% en 2028 |
Por lo tanto, la reforma no cierra todos los detalles. Parte del mecanismo dependerá de futuros reglamentos.
Las mutualidades conservarán su alternativa y tendrán más obligaciones sociales
Otra novedad importante es que se mantiene la posibilidad de elegir entre mutualidad y Seguridad Social para los nuevos colegiados. ¿Fin del sistema alternativo? De momento, no. El Gobierno deberá evaluar su continuidad con un informe antes de 2030.
Además, las mutualidades tendrán que priorizar prestaciones sociales voluntarias para jubilados, dependientes, afectados por incapacidad permanente, viudedad u orfandad en situaciones de especial vulnerabilidad. La reforma busca, en definitiva, ordenar la salida de fondos, reforzar derechos y evitar que miles de profesionales lleguen a la jubilación con prestaciones insuficientes.