El Supremo anula el Registro estatal de viviendas turísticas y reabre el debate del alquiler en Andalucía

La sentencia del Alto Tribunal elimina la obligación del registro estatal para pisos turísticos, previsto a partir del 1 de julio.

El Tribunal Supremo ha anulado el Registro estatal de alquileres de corta duración al considerar que invade competencias autonómicas en materia de vivienda y turismo. En Andalucía, donde el alquiler turístico tiene un peso muy importante en la Costa del Sol y en ciudades como Sevilla, Málaga, Cádiz o Granada, la decisión vuelve a poner el foco sobre el control de las viviendas de uso turístico y el acceso a la vivienda. La sentencia puede afectar tanto a plataformas como Airbnb o Booking, como a propietarios andaluces que fueron obligados a registrar sus alojamientos en el sistema estatal impulsado por el Gobierno central.

Desde julio de 2025, todas las viviendas y habitaciones destinadas al alquiler temporal debían inscribirse en un registro nacional si se anunciaban en plataformas online. Ahora, esa obligación estatal queda anulada, aunque Andalucía mantiene su propio registro autonómico obligatorio.

Qué cambia para las viviendas turísticas registradas en Andalucía tras la sentencia

La resolución del Supremo no elimina los controles sobre los apartamentos turísticos en Andalucía. De hecho, los propietarios siguen obligados a cumplir con la normativa andaluza y municipal vigente. En ciudades andaluzas especialmente tensionadas por el turismo, los ayuntamientos continúan aplicando restricciones y limitaciones para nuevas licencias. Estas son las principales claves tras la decisión judicial:

SituaciónAndalucía
Registro estatalAnulado
Registro autonómico andaluzSigue siendo obligatorio
Normativa municipalContinúa vigente
Licencias turísticasSe mantienen
Control de comunidades de vecinosPuede seguir exigiéndose

Por lo tanto, quienes alquilen una vivienda turística en Andalucía deberán seguir inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía y respetar las normas locales.

Andalucía mantiene el control sobre las viviendas de uso turístico y apartamentos

El Supremo considera que las competencias sobre turismo y vivienda corresponden principalmente a las comunidades autónomas. Y Andalucía ya cuenta desde hace años con su propio sistema de regulación para apartamentos turísticos, viviendas vacacionales y alojamientos temporales.

¿Significa esto que desaparecen las obligaciones para los propietarios? En absoluto. Los alojamientos turísticos siguen sujetos a inspecciones, licencias y posibles sanciones autonómicas. Además, varios municipios andaluces han endurecido sus normas para frenar el aumento de pisos turísticos en los centros históricos y proteger el alquiler residencial.

Las sanciones impuestas por el registro estatal podrían revisarse en Andalucía

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia afecta a las multas relacionadas exclusivamente con el registro estatal anulado. Por lo tanto, si un propietario andaluz fue sancionado únicamente por no inscribir su vivienda en el registro nacional, podría estudiar recurrir esa sanción. Sin embargo, las infracciones relacionadas con el registro autonómico o con incumplimientos municipales siguen plenamente vigentes.

La OCU por su parte, también ha pedido coordinación entre administraciones para evitar inseguridad jurídica y facilitar soluciones a la crisis de vivienda que afecta especialmente a zonas turísticas de Andalucía. La comunidad andaluza se mantiene así como una de las regiones con mayor presión sobre el mercado del alquiler, donde el debate entre turismo y vivienda vuelve a intensificarse tras la decisión del Supremo.

Se pide una regularización clara que ayude a ordenar el mercado

El INE contabiliza 329.764 viviendas de uso turístico en España, una cifra que muestra la dimensión del fenómeno. Desde distintos ámbitos se pide una regulación clara que ayude a ordenar el mercado y, al mismo tiempo, favorezca el alquiler de larga duración. Por lo tanto, el debate no se limita al turismo: también afecta al acceso a la vivienda.

La sentencia del Supremo deja un mensaje claro: las administraciones pueden regular, pero deben hacerlo respetando sus competencias. Y, visto el tamaño del problema, la coordinación será fundamental para evitar más inseguridad jurídica.

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