Las personas desempleadas que terminen la prestación contributiva pueden acceder a subsidios estatales, al Ingreso Mínimo Vital o a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
Agotar el paro en Andalucía no significa quedarse sin protección económica. En 2026, quienes finalicen la prestación contributiva pueden revisar si tienen derecho a un subsidio por desempleo del SEPE, al Ingreso Mínimo Vital o, en determinados casos, a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
Para solicitar prestaciones por desempleo, la Junta recuerda que antes es necesario estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, conocido como SAE. Después, la solicitud del subsidio corresponde al SEPE, mientras que el IMV se tramita a través de la Seguridad Social.
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Qué ayudas pueden pedir en Andalucía quienes terminan de cobrar el paro
Una vez agotada la prestación contributiva, el SEPE permite solicitar el subsidio por agotamiento si se cumplen los requisitos exigidos. Entre la documentación básica figura el modelo oficial de solicitud y, cuando la entidad gestora lo requiera, el justificante de rentas.
Además, las personas con responsabilidades familiares deben tener en cuenta que el SEPE considera cargas familiares al cónyuge, hijos menores de 26 años, mayores incapacitados o menores acogidos, siempre que se cumplan los límites de renta establecidos.
¿Y si no se llega al paro contributivo? En ese caso, también puede existir el subsidio por cotizaciones insuficientes, especialmente relevante para personas que han trabajado menos de un año y cumplen los requisitos. Vamos, que conviene revisar cada caso antes de dar nada por perdido.
Qué papel tiene Andalucía con la Renta Mínima de Inserción Social
En Andalucía existe una ayuda propia: la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Está dirigida a unidades familiares con vecindad administrativa en la comunidad que se encuentren en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo. También puede valorarse en situaciones de urgencia o emergencia social.
Para 2026, la Junta fija la cuantía base de esta renta en 733,60 euros mensuales, con incrementos por miembros adicionales de la unidad familiar, según el documento oficial de cuantías publicado por la administración andaluza.
| Ayuda | Administración | A quién se dirige |
|---|---|---|
| Subsidios por desempleo | SEPE | Personas que agotan el paro o no cotizaron suficiente |
| Ingreso Mínimo Vital | Seguridad Social | Hogares en situación de vulnerabilidad económica |
| Renta Mínima de Inserción Social | Junta de Andalucía | Unidades familiares andaluzas en pobreza o exclusión |
Por tanto, una persona desempleada en Andalucía debe distinguir bien entre prestaciones estatales y ayudas autonómicas. No todas se piden en el mismo sitio ni tienen los mismos requisitos.
El Ingreso Mínimo Vital también puede completar la protección en Andalucía
El Ingreso Mínimo Vital busca prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de personas solas o unidades de convivencia. La Seguridad Social explica que su cuantía se calcula como la diferencia entre la renta garantizada y los ingresos del hogar.
Esto quiere decir que no siempre se cobra la cuantía máxima. Depende de los ingresos, del número de miembros de la unidad de convivencia y de la situación familiar.
En resumen, en Andalucía el camino habitual pasa por:
- Inscribirse o mantenerse como demandante de empleo en el SAE.
- Revisar el subsidio estatal en el SEPE y comprobar si procede solicitar el IMV o la Renta Mínima de Inserción andaluza.
Por consiguiente, no existe una ayuda andaluza única para quienes agotan el paro en la región, sino que hay disponibles varias vías de protección que pueden actuar según la situación económica y familiar del solicitante.
Toda la información sobre la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, en la web de la Junta.
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