Los trabajadores por cuenta propia que accedieron a la jubilación activa en 2025 empezarán a cobrar más al cumplir su primer año en esta modalidad.
Miles de autónomos que combinan su pensión con su negocio cobrarán más a partir de abril de 2026. La subida forma parte del nuevo modelo de jubilación activa. Los que empezaron cobrando el 45% pasarán al 55% tras un año. La subida será automática según el mes en que empezaron.
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Cómo sube la pensión de los autónomos en jubilación activa desde abril de 2026
No todos cobrarán más en la misma fecha. La Seguridad Social aplicará la subida según el mes en que cada autónomo empezó la jubilación activa en 2025. ¿Quiénes lo notarán primero? Los que empezaron en abril de 2025. Los que empezaron después esperarán a mayo, junio o los meses siguientes para ver ese 10% extra.
La medida forma parte de la reforma aprobada a finales de 2024 con el Real Decreto-ley 11/2024. El objetivo era hacer más atractivo seguir con el negocio después de jubilarse.
Qué cuantías cobrarán los trabajadores por cuenta propia según pase cada año
El cambio no será solo una vez. El nuevo sistema sube cada año la parte de pensión que cobra el autónomo hasta llegar al 100%. En otras palabras: cuanto más tiempo esté en jubilación activa, más cobrará.
Antes de ver los tramos, hay que saber algo importante: no hace falta pedir esta subida. Se aplica sola al cumplir un año en jubilación activa.
| Tiempo en jubilación activa | Porcentaje de pensión |
|---|---|
| Primer año | 45% |
| Segundo año | 55% |
| Tercer año | 65% |
| Cuarto año | 75% |
La diferencia económica puede ser importante. Un autónomo con una pensión de 1.000 euros al mes pasa de cobrar 450 a 550 euros. Con una pensión de 2.000 euros, sube de 900 a 1.100 euros. Esto son 2.400 euros más al año.
Además, este modelo permite combinar dos ingresos: lo que gana con su negocio y una pensión que sube con el tiempo. Así, el paso a la jubilación total es más flexible.
Qué requisitos deben cumplir los autónomos para acceder a esta modalidad
La reforma no solo modificó las cuantías. También eliminó barreras que hasta 2025 dejaban fuera a muchos trabajadores por cuenta propia. ¿La novedad más destacada? Ya no es necesario tener empleados a cargo y tampoco se mantienen las restricciones que afectaban a los autónomos societarios. Para acceder a la jubilación activa, los requisitos recogidos en la información facilitada son estos:
- Haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, situada en 67 años, o en 65 años cuando se hayan cotizado al menos 38 años y medio.
- Haber mantenido la actividad durante al menos un año después de alcanzar esa edad.
- Seguir cotizando de forma reducida por baja temporal y riesgos laborales.
- Pagar una cuota extra del 9% de solidaridad, que no genera nuevos derechos sobre la pensión.
También hay una cuestión clave sobre los complementos. Estos autónomos pueden seguir percibiendo algunos, como el de brecha de género, pero no el complemento a mínimos. En consecuencia, mientras mantengan la actividad, la prestación se ajustará a lo cotizado y no podrá elevarse hasta el mínimo legal. Conoce más noticias sobre pensiones en la sección de prestaciones.
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