Miles de pensionistas que se retiraron antes de 2016 pueden solicitar una devolución por retenciones mal aplicadas en su pensión.
La Agencia Tributaria afronta una nueva oleada de solicitudes de devolución de IRPF por parte de jubilados y pensionistas de invalidez que cotizaron a antiguas mutualidades laborales. El motivo está en un cálculo incorrecto de las retenciones, un desajuste que en muchos casos permite recuperar hasta 1.500 euros. La reclamación afecta sobre todo a los mutualistas y puede suponer un alivio económico relevante.
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Qué jubilados pueden reclamar la devolución del IRPF por mutualidades antiguas
El colectivo con más opciones de beneficiarse es el de quienes perciben una pensión de jubilación o invalidez y realizaron aportaciones a mutualidades antes del 1 de enero de 1999. En especial, aparecen sectores como banca, construcción o metalurgia, donde este sistema fue habitual durante años.
¿Está en ese grupo y no lo sabía? Conviene revisar el origen de la pensión, porque el derecho a reclamar no depende de cobrar una cuantía alta ahora, sino de haber tributado de más en ejercicios anteriores. Para situar los requisitos de forma clara, estos son los puntos esenciales:
- Haber cobrado una pensión de jubilación o invalidez.
- Haber aportado a mutualidades laborales antes de 1999.
- Estar dentro de los ejercicios no prescritos del IRPF.
- Confirmar los datos personales y bancarios en el formulario oficial.
En muchos casos no será necesario aportar documentación antigua, ya que Hacienda puede cruzar la información con los datos del INSS. Así, el trámite se simplifica bastante para el ciudadano.
Cuánto dinero pueden recuperar los pensionistas y cómo se calcula el reembolso
La cifra de 1.500 euros no es fija, pero sí una media estimada a partir de las diferencias de retención de los años no prescritos, normalmente entre 2021 y 2024. Al corregirse la base imponible de forma retroactiva, se genera una devolución de ingresos indebidos. Este reembolso no se considera una ganancia patrimonial, por lo que el pensionista recibe el importe reconocido sin una carga fiscal añadida. No es un detalle menor, sobre todo en hogares con ingresos ajustados y gastos al alza.
Además, si la Administración tarda más de seis meses en abonar la cantidad, puede generarse un interés de demora del 4%. Y hay otro dato importante: los herederos de pensionistas fallecidos también pueden reclamar, siempre que el ejercicio no haya prescrito.
Fechas para solicitar la devolución de Hacienda y evitar perder dinero
El calendario es decisivo. Cuanto antes se inicie la gestión, más opciones hay de evitar que el ejercicio más antiguo quede fuera por prescripción.
| Fecha o periodo | Qué supone para el contribuyente |
|---|---|
| Del 8 de abril al 30 de junio de 2026 | Presentación ordinaria de la autoliquidación con solicitud de devolución |
| Del 1 de julio al 31 de diciembre de 2026 | Plazo preferente de resolución por parte de Hacienda |
| A partir del 1 de enero de 2027 | Posible devengo del interés de demora del 4% si no se ha pagado la devolución |
Antes de presentar la solicitud a Hacienda, también conviene comprobar si existen deudas pendientes con la Administración. En ese caso, Hacienda descontará esas cantidades del total a devolver. Por lo tanto, ponerse al día puede marcar la diferencia. Y sí, merece la pena moverlo cuanto antes.
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