La campaña de la Renta de 2025 ya tiene calendario y novedades relevantes para miles de contribuyentes en España.
Los contribuyentes ya miran de reojo una de las citas fiscales más importantes del año. La nueva campaña de la declaración de la Renta arrancará el 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio de 2026, según el calendario oficial de Hacienda. Y atento, porque esta vez no llega sola, ya que incorpora ajustes que afectan tanto a quienes están obligados a declarar como a quienes podrán librarse del trámite.
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Qué cambia en la Declaración de la Renta 2025 y cuándo podrá presentarse
Desde abril se abrirá la presentación por Internet a través de Renta WEB, la plataforma desde la que se puede consultar el borrador, introducir cambios y enviar la declaración. Para completar el proceso será necesario identificarse con certificado digital, número de referencia o Cl@ve PIN.
Antes de entrar en deducciones y exenciones, conviene tener claras las fechas principales:
| Concepto | Fecha |
|---|---|
| Inicio de la campaña | 8 de abril de 2026 |
| Fin del plazo de presentación | 30 de junio de 2026 |
| Vía telemática | Renta WEB |
Este calendario vuelve a marcar una cuenta atrás para cientos de miles de personas que deberán declarar los ingresos obtenidos en 2025. Por lo tanto, revisar el borrador con antelación puede evitar errores de última hora. ¿La clave? No dejarlo todo para el final.
Entre las principales novedades destaca el cambio en la tributación del ahorro. Hacienda incorpora un nuevo tramo para las ganancias patrimoniales y dividendos que superen los 300.000 euros anuales, que pasarán a tributar al 30%. Los primeros 6.000 euros, sin embargo, seguirán gravados al 19%.
Además, se mantienen ventajas ligadas a la transición energética. Siguen presentes las ayudas vinculadas a la instalación de puntos de recarga y a la compra de vehículos eléctricos. También quedarán exentas de tributación determinadas ayudas públicas concedidas a afectados por catástrofes naturales, como la DANA o los incendios forestales.
Qué contribuyentes quedan exentos de hacer la Renta este año
No todas las personas estarán obligadas a presentar la declaración. Como viene siendo habitual, quedan fuera quienes hayan tenido un solo pagador y no superen los 22.000 euros anuales.
A este grupo se suman los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional. En consecuencia, quienes ingresen menos de 16.576 euros al año tampoco tendrán que presentar la Renta. Es una novedad importante para rentas bajas, que verán reducido el impacto fiscal y, en muchos casos, también la carga administrativa.
Para situarlo mejor, estos son los principales supuestos de exención:
- Un solo pagador y rentas de hasta 22.000 euros anuales.
- Personas que cobren el SMI y no superen 16.576 euros al año.
Junto a ello, continúa una deducción específica de hasta 340 euros para trabajadores con salarios algo superiores a ese umbral. Este beneficio se reduce de forma gradual hasta desaparecer al alcanzar los 18.276 euros anuales. Así, se busca aliviar la presión fiscal sobre quienes tienen menos ingresos. Conoce más noticias relacionadas en nuestra sección de trámites.
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