Así cambia el carné de familia numerosa en Andalucía con el nuevo criterio de edad impuesto por la Junta

La Junta propone que el límite de edad para mantener la condición de familia numerosa se calcule por el hijo menor y no por el mayor, y mantiene abierto el plazo de alegaciones hasta el 14 de enero.

Si el hijo mayor está a punto de cumplir 26 y aún hay hermanos pequeños, este cambio te interesa: la vigencia del título ya no dependería solo del mayor, como ocurría hasta ahora. La medida se introduce en la modificación del Decreto 172/2020 y afecta al procedimiento y a la gestión del título y del carné de familia numerosa (expedición, renovación, modificación y revocación). La novedad es el criterio: la edad máxima se aplicará al hijo menor, en lugar de al mayor.

Así cambia la renovación del carné cuando el mayor cumple 26 años

Hasta la fecha, el título se vinculaba a la edad del hijo mayor, de forma que cuando este cumplía 26, la familia se veía obligada a renovar. Con la propuesta, el contador pasa al hijo menor, evitando renovaciones anticipadas cuando todavía se mantienen los requisitos por los descendientes más pequeños. ¿Te quita un trámite de encima? En muchos casos, sí.

Punto claveAntesAhora (propuesta)
Hijo que marca la edad máximaEl mayorEl menor
Cuándo suele tocar renovarAl cumplir 26 el mayorAl alcanzar esa edad el menor
Comunicación de cambiosMenos destacadaLa familia debe avisar

Con este giro, la vigencia del Título de Familia Numerosa se ajustaría mejor a la realidad de la unidad familiar y evitaría tener que rehacer gestiones mientras aún hay hijos menores que cumplen. Hay que apuntar que el cambio está en fase de tramitación y el plazo de alegaciones permanece abierto hasta el 14 de enero. Además, la Consejería plantea que recae en la familia el deber de comunicar el no cumplimiento de los requisitos para mantener el título de numerosa. Dicho sin rodeos: si tu situación cambia, conviene informarlo y no esperar.

El decreto de familia monoparental en Andalucía fija marco y acreditación oficial

En paralelo, la Junta trabaja en un proyecto de decreto para regular el reconocimiento de la condición de familia monoparental en Andalucía. La propuesta prevé una norma con 18 artículos y un título oficial para acreditar esta situación. Pero, ¿quién entra en familia monoparental? Se considerará familia monoparental el núcleo con un solo progenitor y uno o más descendientes por filiación, adopción, tutela o acogimiento familiar permanente, o por guarda, con dependencia económica exclusiva. También se equipara a progenitor a quien tenga tutela, guarda o acogimiento de menores.

Aunque existan dos progenitores, se podrá equiparar a familia monoparental si se da alguna de estas situaciones:

  • Guarda o custodia exclusiva con impago de la pensión de alimentos durante tres meses (consecutivos o alternos) en los doce meses anteriores, y con reclamación judicial.
  • Abandono de familia por parte del otro progenitor.
  • Ser víctima de violencia de género por parte del otro progenitor.
  • Ausencia temporal forzada de uno de los progenitores durante un periodo igual o superior a un año.

Sobre la edad, la Junta propone fijar en 25 años la edad máxima de los hijos; en general, los descendientes deben ser menores de 26. No obstante, si el hijo tiene una discapacidad igual o superior al 33% o está incapacitado para trabajar, no se tendría en cuenta ese límite. El título se expedirá previa solicitud y comprobación de las condiciones por la consejería competente en materia de familias.

Para más noticias sobre prestaciones, te recomendamos que sigas los contenidos de nuestro periódico digital de la comunidad autónoma de Andalucía.

Deja un comentario