Andalucía pondrá en marcha 9.000 controles para inspeccionar el etiquetado de una docena de productos

La Junta de Andalucía desarrollará controles en siete provincias hasta diciembre de 2026 para vigilar el cumplimiento de la normativa en más de una docena de productos.

La inspección de etiquetado representa un mecanismo esencial para asegurar la protección de los consumidores y la transparencia en la actividad comercial. La Consejería de Presidencia, Sanidad y Emergencias, por medio de la Dirección General de Consumo, ha iniciado un plan de supervisión que abarcará siete provincias andaluzas con el fin de constatar que diversos artículos industriales respetan las obligaciones vigentes de información y seguridad.

Esta medida se integra en el Plan Sectorial de Consumo 2026 (ratificado el 19 de enero de 2026 y con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026), una estrategia autonómica que contempla 18 programas de control y cerca de 9.000 controles en Andalucía en ámbitos como la alimentación, los servicios y los bienes industriales. Las presentes labores se coordinan a escala nacional y se mantendrán activas hasta el próximo mes de diciembre.

En paralelo, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía mantiene en marcha el programa de control básico de establecimientos con el fin de comprobar la trazabilidad de alimentos, comprobación de básculas y correcto uso de las hojas de reclamaciones.

Qué productos se vigilan en esta inspección de etiquetado en Andalucía

Los técnicos de consumo de la Junta de Andalucía focalizarán sus tareas en una variada selección de bienes de consumo habitual. La campaña contempla, como mínimo, 206 controles de etiquetado (ejecutados en comercios físicos y en plataformas de venta electrónica), ocho revisiones de expedientes y la recogida de 104 productos de muestra para su posterior examen en el Centro de Investigación y Control de la Calidad, el laboratorio estatal de referencia para estas pruebas.

Esta campaña de inspección de etiquetado incidirá directamente sobre los siguientes artículos:

  • Juguetes que se expanden y juguetes de textura blanda tipo «squishies».
  • Ropa confeccionada para las temporadas de otoño e invierno.
  • Calzado para niños destinado al periodo invernal.
  • Cascos protectores para usuarios de bicicletas y motocicletas.
  • Detergentes destinados a lavadoras automáticas (tanto en formato líquido como en cápsulas monodosis).
  • Chupetes, luces decorativas con alimentación por pilas, asientos portátiles de acampada y escaleras de mano tipo taburete.
  • Pequeños dispositivos eléctricos como aspiradores para automóviles, afeitadoras personales, calentadores de biberones y ventiladores de conexión USB.
  • Las indicaciones de eficiencia energética en teléfonos móviles inteligentes, tabletas y neumáticos de vehículos.

Los nuevos requisitos para teléfonos móviles y neumáticos

Uno de los aspectos más destacados de esta actuación es la fiscalización de las indicaciones energéticas en dispositivos electrónicos y neumáticos, de acuerdo con las directrices comunitarias aprobadas recientemente.

En lo que respecta a teléfonos móviles y tabletas de formato plano, la reglamentación europea sobre diseño ecológico e información energética resulta de aplicación desde el 20 de junio de 2025. Esta norma exige detallar claramente el rendimiento energético del aparato, la autonomía de su batería, el nivel de aislamiento frente a partículas de polvo y agua, la tolerancia a impactos por caídas y su índice de reparabilidad. Quedan excluidos los terminales con pantallas principales de tipo flexible, las tabletas híbridas que funcionan como ordenadores y los teléfonos de uso policial o militar de alta seguridad.

Asimismo, la rotulación de las cubiertas de ruedas se fundamenta en el Reglamento (UE) 2020/740, operativo desde el 1 de mayo de 2021. Esta norma impone a las tiendas físicas y digitales el deber de exhibir la información energética junto al precio de venta; dicho indicador debe detallar el ahorro de combustible, la adherencia en calzadas mojadas, los decibelios de ruido exterior y, si procede, símbolos sobre su idoneidad para circular sobre hielo o nieve.

Qué información obligatoria deben buscar los consumidores

La Dirección General de Consumo examinará que los datos de los productos analizados se ajusten a las directrices generales y específicas de consumo. Se comprobará que las indicaciones aparezcan redactadas en español, que identifiquen al productor, importador o comercializador establecido en el territorio de la Unión Europea y que muestren el distintivo de seguridad CE cuando corresponda, junto con los manuales, advertencias de peligro y recomendaciones de uso.

Para las prendas de vestir y el calzado, las comprobaciones se basan en la directiva europea de composición textil y en el Real Decreto 1718/1995. La ropa debe portar un elemento informativo duradero que mencione las fibras textiles autorizadas, mientras que los zapatos tienen que especificar los materiales empleados en el empeine, el forro, la plantilla y la suela.

Si los técnicos detectan anomalías en estas visitas, la Junta de Andalucía tiene la potestad de iniciar expedientes de sanción contra las compañías infractoras. Igualmente, si se localiza un artículo que entrañe riesgos para la salud de los ciudadanos, se notificará a la Red de Alerta de productos de consumo no alimenticios para prohibir su venta y retirarlo de los canales de distribución.