La Agencia Tributaria está dando más rapidez a las devoluciones del IRPF para antiguos cotizantes de mutualidades laborales.
Con la campaña de IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2025 está a punto de arrancar, el asunto vuelve a cobrar fuerza. No es poca cosa: para muchos afectados puede suponer recuperar cantidades pagadas indebidamente durante años. Además, según las últimas novedades establecidas por Hacienda para la Renta que se declara en 2026, no estarán obligados a presentarla quienes cobren menos de 22.000 euros anuales de un solo pagador, ni quienes ingresen hasta 15.876 euros de más de dos pagadores, si del segundo y restantes no superan los 1.500 euros. Por lo tanto, la medida puede beneficiar a pensionistas que tributaron de más y que ahora pueden iniciar la reclamación por vía telemática.
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Qué pensionistas pueden reclamar la devolución del IRPF por antiguas mutualidades laborales
Pueden solicitarla quienes realizaron aportaciones a mutualidades antes de 1999 y no aplicaron una reducción en la base imponible. La cuantía final depende de la fecha de las aportaciones y del tipo de mutualidad. Por lo tanto, conviene revisar bien cada caso antes de dar el paso. Para aclararlo, estos son los supuestos que quedan fuera de la solicitud:
- Pensiones de Clases Pasivas de funcionarios incluidos siempre en ese régimen
- Pensiones vinculadas a mutualidades laborales de autónomos, porque ya fueron deducibles
- Pensiones de viudedad, al no proceder de aportaciones del propio perceptor
- Pensiones no contributivas, por no derivar de cotizaciones previas
¿Quién debería prestar especial atención? Sobre todo, los jubilados que cotizaron en antiguas mutualidades laborales antes de su integración en la Seguridad Social. También, conviene tener presente este resumen básico sobre la obligación de presentar la Renta:
| Situación del contribuyente | Límite anual |
|---|---|
| Un solo pagador | 22.000 euros |
| Más de dos pagadores, con segundo y restantes hasta 1.500 euros | 15.876 euros |
Este cuadro no determina el derecho a la devolución, pero sí ayuda a entender el escenario fiscal en el que se mueve la reclamación.
Cómo presentar en Hacienda la solicitud y qué revisar antes de enviarla
Hacienda ha habilitado un formulario para mutualistas en su sede electrónica para pedir esta devolución. El acceso puede hacerse con certificado electrónico o DNIe, con Cl@ve o con número de referencia. Así de claro. Una vez identificada la persona interesada, la plataforma comprueba si ya existe una solicitud previa. Si es así, aparecen cumplimentados el NIF y los datos personales, y solo habrá que añadir el teléfono de contacto y el IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante. Antes de terminar, merece la pena repasar los pasos principales:
- Acceder al formulario de la sede electrónica
- Identificarse con alguno de los sistemas admitidos
- Revisar los datos personales que aparezcan cargados
- Añadir teléfono e IBAN, o SWIFT-BIC si la cuenta es extranjera
- Validar la información y completar el envío
Después de marcar la conformidad y enviar el formulario, el interesado obtiene un justificante con código seguro de verificación. Asimismo, Hacienda recuerda que no hace falta adjuntar documentación adicional al presentar la solicitud, aunque sí podrá pedirla más adelante si necesita comprobar algún dato.
Puedes estar al tanto de todas las novedades relacionadas con la campaña de la Renta 2026, consultando los contenidos de la sección de trámites de nuestro periódico digital de Andaucía.
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