Estamos a fin de año y aún hay contribuyentes a los que les salió la pasada Renta a devolver y Hacienda aún no les ha ingresado el dinero. La Agencia Tributaria cuenta con unos plazos establecidos por la normativa, con el objeto de hacer efectivo el reintegro de la cantidad monetaria que corresponda, en la cuenta bancaria de la persona interesada. De no hacerlo a tiempo, la AEAT estaría obligada a abonar los correspondientes intereses de demora.
Plazo de Hacienda para hacer la devolución de la Renta y la forma de consultar el estado de la declaración
La Agencia Tributaria tiene que devolver el importe de la declaración en un plazo de, como máximo, seis meses desde que finalizó la campaña de la Renta. Por consiguiente, debería abonar el dinero pendiente antes del próximo 1 de enero. En cualquier caso, la web de Hacienda permite a los contribuyentes consultar el estado de la devolución, para conocer su situación en particular.
En caso de no llevar a cabo el pago en el plazo establecido por la ley, Hacienda está obligada a pagar los correspondientes intereses de demora al contribuyente afectado. Ahora bien, siempre que no haya habido por parte de la administración tributaria una notificación previa que indique, por ejemplo, que se están comprobando los datos que aportó en su Renta.
Estas son las 2 opciones disponibles si pasa el día 1 de enero y Hacienda aún no ha devuelto el dinero
Si pasa el día 1 de enero y Hacienda aún no ha devuelto la declaración, las personas afectadas tienes 2 opciones que pueden llevar a cabo. La primera es solicitar el pago haciendo un requerimiento por escrito y presentándolo por correo certificado a la atención de la dirección de la administración tributaria de la localidad correspondiente. La otra posibilidad, siempre que no exista una notificación previa de la AEAT, es precisamente no hacer nada y esperar el pago de los intereses por el retraso. En este último caso, de no coincidir cuando llegue el pago, se podría poner en marcha la correspondiente reclamación.
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