Es habitual que los ciudadanos tengan domiciliados en el banco los recibos de los suministros básicos de su hogar o negocio. Lo más común es que el pago de la luz, el agua o los servicios de telefonía e internet, sean cargados automáticamente en la cuenta bancaria del usuario de dichos servicios. El Banco de España lanza un aviso relacionado con los problemas que pueden surgir al devolver un recibo bancario.
El Banco de España recuerda las consecuencias que puede tener la devolución de un recibo bancario domiciliado
En primer lugar, es conveniente recordar que los ciudadanos tienen derecho a devolver los recibos bancarios. Para ello, la normativa dice que hay un plazo de 8 semanas si el cargo estaba autorizado e incluso llegar a 13 semanas, en el caso de que no lo estuviera. Sin embargo, podemos tener problemas si tenemos que devolver un recibo y la orden de domiciliación está vigente.
El Banco de España, explica que la devolución de recibos tiene consecuencias. Por este motivo, tanto si la compañía suministradora gira un recibo por error o porque el titular necesita liquidez urgente, en cualquier caso, si no se explica bien la causa, la empresa que nos proporciona el suministro puede creer que anulamos el servicio.
¿Qué papel tienen las entidades bancarias en todo este asunto?
En cuanto a las entidades bancarias, el Banco de España recuerda en su plataforma web, que deben atender tanto el rechazo de los recibos como las órdenes de pago. En ese aspecto, los bancos se encuentran en mitad de la situación y siguiendo las “buenas prácticas” deben poner “todos los medios para su cumplimiento porque su deber es tanto atender las órdenes como velar por los intereses de sus clientes”.
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