Las personas sin trabajo que no tienen derecho a “cobrar el paro”, es decir, a percibir una prestación contributiva por desempleo porque tienen menos de un año cotizado, y tienen por ejemplo entre 30 y 50 años, pueden solicitar 4 ayudas diferentes que pone a su disposición el SEPE. Todos estos subsidios no contributivos tienen en común la cuantía, la cual está fijada para 2023 en 480 euros. No obstante, se diferencian entre ellas en lo referente a la duración y a los requisitos necesarios para poder solicitarlas.
Subsidio de desempleo por cotización insuficiente
La duración del subsidio de desempleo por cotización insuficiente depende de si se tienen o no responsabilidades familiares. Si no se tienen, la ayuda alcanzará como máximo 6 meses. En caso afirmativo, se puede ir renovando semestralmente hasta llegar a los 21 meses. Para pedirlo hay que estar inscrito como demandante de empleo, haber cotizado al menos durante 3 meses si se tienen hijos a cargo (6 si no se tienen), no percibir rentas superiores al 75% del SMI y firmar un compromiso de actividad.
Renta Activa de Inserción (RAI)
Una vez que se acabe el subsidio por desempleo, se puede solicitar la Renta Activa de Inserción. Se trata de una ayuda que dura 11 meses y solo se puede pedir un total de 3 veces no consecutivas. Sin embargo, el colectivo de las mujeres que han sufrido violencia de género, si pueden pedir los 33 meses de RAI consecutivos. Para solicitarlo no se pueden tener ingresos superiores al 75% del SMI y suscribir una búsqueda activa de empleo (BAE).
Subsidio para mayores de 45 años
Con una duración de 6 meses en total, el subsidio para mayores de 45 años es una ayuda del SEPE solo se puede pedir si la persona solicitante no tiene responsabilidades familiares y ha agotado la prestación contributiva por desempleo. se puede solicitar. Para ser beneficiario hay que suscribir un compromiso de actividad y no tener rentas superiores al 75% del salario mínimo profesional.
Subsidio extraordinario por desempleo
Si se han agotado todas las posibilidades, es decir, si ya se han consumido la prestación contributiva, el subsidio y el RAI, el Servicio Público de Empleo Estatal ofrece una última ayuda que dura 180 días que solo se puede pedir una vez, nos referimos al subsidio extraordinario por desempleo. Para solicitarlo la persona interesada deberá acreditar ante el servicio público de empleo autonómico la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE), para aumentar sus opciones de empleabilidad que le den la oportunidad de reinsertarse en el mercado laboral.
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