Según el SEPE, las personas que estén cobrando el paro, es decir, que estén beneficiándose de una prestación contributiva por desempleo, y que comiencen a trabajar por cuenta ajena por tiempo parcial, tienen dos opciones. La primera de ellas, es optar por suspender la prestación. Sin embargo, también es posible elegir compatibilizar ambas, aunque esto conlleve cumplir con unos requisitos específicos.
Esto es lo que hay que hacer si se cobra el paro y se encuentra un trabajo a tiempo parcial, según el SEPE
Las personas que cobran la prestación contributiva por desempleo y encuentran un trabajo a tiempo parcial, pueden suspender la ayuda o compatibilizarla. Sin embargo, lo más recomendable, antes de decantarse por una u otra opción, es fijarse en la duración del contrato.
- Si el contrato laboral dura menos de 360 días y se interrumpió la prestación, cuando finalice el trabajo, se puede pedir la reanudación de la ayuda interrumpida.
- Si tiene una duración de 360 días o más: En este caso, cuando finalice el contrato, se puede solicitar otra prestación con las nuevas cotizaciones o reanudar la prestación que se interrumpió. Sin embargo, tal y como advierte el SEPE “Si opta por reanudar, las cotizaciones que hubieran servido para generar la nueva prestación (que no ha elegido), no podrán tenerse en cuenta para una prestación posterior”
En cualquier caso, si se está cobrando el paro y se compatibiliza con un empleo a tiempo parcial, es imprescindible mantener la inscripción como demandante en el Servicio Andaluz de Empleo, en el caso de residir en Andalucía.
Cambios en la duración y cuantías de la prestación si se elige compatibilizar el paro con un trabajo
Si la persona opta por compatibilizar el paro con un trabajo a tiempo parcial, la duración y cuantía de la prestación van a cambiar, según indica la web del SEPE. En caso de elegir compaginar ambas, la duración de la ayuda no cambia. Sin embargo, la cuantía sí que será menor, ya que “se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que se realice”. Aunque, “si la prestación no está agotada al terminar el contrato y solicita su reanudación, volverá a percibir la cantidad íntegra que le corresponda”.
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