Todas las prestaciones que ofrecen las distintas administraciones públicas son necesarias para aliviar la tensión de muchas familias. En este caso, hablamos de la ayuda o subsidio por cotización insuficiente de 480 euros del SEPE, dirigido a las personas que hayan cotizado menos de un año. Se trata del subsidio extraordinario por desempleo, el cual se ha visto incrementado a 480 euros tras la subida del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Es importante conocer los requisitos específicos para poder solicitar esta ayuda del Servicio de Empleo Público Estatal y para ello, los facilitamos en esta noticia.
Quién puede solicitar dicha ayuda de 480 euros
El SED o subsidio extraordinario por desempleo de 480 euros, es una ayuda del SEPE regulada en la Ley General de la Seguridad Social. Se trata de una ayuda que puede cobrarse durante máximo 6 meses, sin prórrogas. A esta prestación pueden acceder todas aquellas personas desempleadas que cumplan con estas situaciones:
- Personas que hayan terminado o agotado cualquiera de los subsidios por desempleo entre el 1/03/2018 y el 04/07/2018.
- Personas de larga duración que hayan agotado las ayudas por desempleo, PREPARA o RAI y que estén inscritas como demandantes de empleo el 01/05/2018. En este sentido, una persona parada de larga duración es al menos 360 días, 18 meses antes justo de la fecha de solicitud de dicho SED.
No obstante, una persona que trabaje puede compatibilizar el SED con un empleo a jornada parcial y por cuenta ajena. Para ello, debe cumplir con los requisitos de rentas y responsabilidades familiares.
Requisitos a cumplir para poder obtener esta ayuda del SEPE de 480€
Pues bien, en este caso vamos a hacer referencia a una serie de requisitos generales y específicos para cada situación y así poder ser beneficiario de esta ayuda de 480€ mensuales.
Requisitos generales | Requisitos para agotamiento del subsidio por desempleo | Requisitos para parados de larga duración |
---|---|---|
– No tener derecho a protección por desempleo. – No tener cumplida la edad para acceder a la pensión de jubilación. – Haber cesado involuntariamente en el trabajo. – Carecer de rentas superiores al 75% del SMI. – No haber pedido dicho SED. – No haber recibido ayudas económicas (PAE). | – Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento del subsidio previo. – No haber rechazado ofertas de empleo. – No negarse a participar en formaciones. – Acreditar estar en búsqueda de empleo. – En estos últimos tres casos, se puede no cumplir con causa justificada. | – Agotar la prestación por desempleo, subsidio por desempleo. – Agotamiento de ayudas de programas como RAI, recualificación… – Estar inscrito como demandante de empleo (a fecha 1/05/2018). – Cesar de manera voluntaria en el trabajo por cuenta ajena. – Acreditar búsqueda de empleo activa. – Estar inscrito como demandante mínimo 360 días. |
Cómo solicitar dicha ayuda de 480€
La maneras más adecuada, sencilla y ágil es hacerlo desde casa por internet. Para acceder a la solicitud online es necesario entrar a través de Cl@ve, DNIe o certificado electrónico y seguir una serie de trámites que puedes encontrar en esta guía que proporciona el SEPE. Si deseas hacerlo presencialmente, es obligatorio pedir cita previa por teléfono, por la sede electrónica del Servicio de Empleo Público Estatal o correo administrativo.
Para más noticias sobre prestaciones en Andalucía, no dudes en visitar nuestra sección habilitada para ello.