Las personas que pierden su empleo y han trabajado durante más de un año, tienen derecho a cobrar el paro, es decir, la prestación contributiva por desempleo del SEPE. También, pueden ser beneficiarios de este derecho aquellos que vean reducida su jornada de trabajo entre un 10% y un 70%. Lo interesante de esta ayuda es que, mientras se percibe, se está cotizando por jubilación a la Seguridad Social, cosa que no ocurre con la mayoría de las subvenciones, que son por lo general no contributivas.
Estos son los requisitos para poder beneficiarse de una prestación contributiva por desempleo del SEPE
Pueden beneficiarse de la prestación contributiva por desempleo, las personas trabajadoras por cuenta ajena que se queden en situación legal de desempleo, incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, y que hayan cotizado por dicha contingencia en sus nóminas. Además, estos son los requisitos que debe cumplir el interesado/a:
- No haber cumplido la edad de legal de jubilación.
- Suscribir un compromiso de actividad, por el que se compromete a realizar una búsqueda activa de empleo.
- Haber cotizado por desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la solicitud.
- No estar trabajando, por cuenta propia o ajena, a tiempo completo.
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible.
Según establece la normativa vigente, las personas que cobran el paro tienen que cumplir una serie de obligaciones. El incumplimiento de las mismas, puede incurrir en infracciones que, dependiendo de su gravedad, pueden contemplar la suspensión total del derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo.
¿Es necesario ir presencialmente a una oficina del SEPE para pedir el paro?
En respuesta a esta pregunta, no es necesario ir a una oficina del SEPE para pedir una prestación o subsidio por desempleo. Para solicitarlo, la persona interesada puede realizar el trámite a través de internet, entrando en la sede electrónica y haciendo clic en el apartado “Personas”. Seguidamente, hay que acceder a “Solicite su prestación”. Aunque para ello es imprescindible disponer de cualquiera de los siguientes sistemas de identificación digital:
- Sistema Cl@ve.
- Certificado digital.
- DNI electrónico.
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