Si cobras el subsidio para mayores de 52 años y recibes una herencia, estás obligado a comunicarlo al SEPE. En caso de no hacerlo, te puedes enfrentar a la pérdida de la ayuda económica. Esto es así debido a que uno de los requisitos principales para poder recibirla es que no se puede exceder un límite de ingresos establecido. Por lo tanto, si percibes una herencia, obviamente tus ingresos suben y debe quedar constancia de ese hecho en el Servicio Público de Empleo Estatal. A continuación, te explicamos cuáles son los límites y cómo realizar el trámite.
Si recibes una herencia o cambia tu situación económica y cobras el subsidio para mayores de 52 años debes comunicarlo al SEPE
¿Eres beneficiario del subsidio para mayores de 52 años? Te informamos, que si cobras ese o cualquier subsidio por desempleo, estás obligado a comunicar al SEPE si recibes una herencia o cambia por cualquier motivo tu situación económica. En ese orden de cosas, aunque el aumento de ingresos sea algo puntual, tienes la obligación de informar de cualquier variación en la oficina de prestaciones.
Por lo tanto, tal y como indica el SEPE: “si mientras percibe el subsidio por desempleo cambia su situación económica porque obtiene rentas superiores, en cálculo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias durante menos de 12 meses, se suspende el subsidio y cuando deje de recibir dichas rentas podrá reanudarlo”. No obstante, si pasado un año se sigue incumpliendo el requisito, “el subsidio se extinguirá”.
Sigue estos pasos para realizar este trámite de forma telemática a través de la web del SEPE
En primer lugar, si cobras el subsidio para mayores de 52 años y cobras un herencia, es importante que conozcas que dispones de un plazo máximo de 30 días siguientes al cobro de esos ingresos extra, para comunicarlo en el Servicio Público de Empleo Estatal. Para hacerlo, debes entrar en este enlace para acceder a la plataforma web dentro del apartado de “Comunicación de variación de situación Personal, Familiar, Laboral o de Rentas” y pulsa el botón “Comunicación de variación”. Para ello, deberás identificarte mediante Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico para realizar este trámite de forma correcta.
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