A partir del 1 de junio, se ponen en marcha las nuevas bajas médicas por incapacidad temporal a las mujeres trabajadoras. En este aspecto, se van a reconocer las bajas por menstruación incapacitante, por interrupción del embarazo (voluntario o involuntario) o por riesgo a partir de las 39 semanas de gestación. En cualquier caso, para poder beneficiarse de estas bajas retribuidas por la Seguridad Social, las solicitantes deberán estar bajo supervisión médica y cumplir una serie de requisitos que vamos a enumerar a continuación.
Las nuevas bajas médicas por incapacidad temporal que beneficiarán a las mujeres trabajadoras, entran en vigor el 1 de junio
La Seguridad Social pondrá en vigor el 1 de junio las nuevas bajas médicas temporales destinadas a las mujeres trabajadoras. Las cuales, están recogidas en el marco legislativo publicado en la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero. Dicha normativa, reconoce la incapacidad temporal por contingencias comunes en estos casos específicos:
- Regla dolorosa: durará 3 días prorrogables, siempre según el criterio médico.
- Incapacidad por aborto de forma voluntaria o involuntaria: se puede pedir mientras perciba asistencia sanitaria y esté “impedida para el trabajo”.
- Por gestación desde la semana 39 de embarazo: La Seguridad Social se hará cargo de la baja desde el día siguiente en el que falte del trabajo y hasta que esta debe mantenerse según las circunstancias.
Por otra parte, las mujeres que tengan que acceder a dichas bajas por incapacidad temporal deben estar diagnosticadas por su médico de cabecera. Es decir, es el personal médico en el que recae la responsabilidad de declarar esa condición.
El Ministerio de Igualdad ha facilitado el reconocimiento a estas nuevas formas de incapacidad laboral para las mujeres trabajadoras
En conclusión, cabe destacar que esta nueva normativa impulsada por el Ministerio de Igualdad, trata de conciliar la salud de las mujeres con el empleo. En este aspecto, la inclusión de estos tres nuevos supuestos como causa de baja médica temporal, son un logro que favorece al colectivo. Por lo tanto, se trata de una medida que protege a las trabajadoras, cuando no están en las condiciones aptas para realizar las funciones habituales de su puesto de trabajo.
Asimismo, recuerda que puedes leer más noticias de actualidad en nuestro portal de información de la Comunidad Autónoma de Andalucía.