La incapacidad permanente parcial es aquella que acredita que un trabajador/a no es capaz de realizar la profesión habitual, a causa de una disminución de al menos el 33% de su rendimiento. Este nivel más bajo de invalidez, puede deberse a causa de una lesión o de una enfermedad. La Seguridad Social informa sobre las condiciones necesarias que debe cumplir la persona beneficiaria de esta prestación.
Estos son los 3 requisitos que debe cumplir una persona para ser declarada en situación de incapacidad permanente parcial
Las personas integradas dentro del Régimen General de la Seguridad Social, que sufran una enfermedad o lesión, que les incapacite en al menos el 33% para realizar su profesión habitual, deben además cumplir con estos 3 requisitos para cobrar una incapacidad permanente parcial:
- No tener la edad legal de jubilación.
- Estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
- Si es a consecuencia de una enfermedad común, hay que haber cotizado al menos durante 1.800 días, comprendidos en los 10 años anteriores. En caso de trabajadores menores de 21 años: “deberá acreditar la mitad de los días transcurridos entre la fecha en que hayan cumplido los 16 años de edad y la de iniciación del proceso de incapacidad temporal”.
En caso de que la causa de la incapacidad sea originada por una accidente o una enfermedad laboral, no es necesario que la persona afectada acredite ningún periodo mínimo de cotización. En este caso, se le reconocerá el derecho a percibirla de inmediato.
¿Cuál es la cuantía de esta prestación de la Seguridad Social?
Tal y como informa la web de la Seguridad Social, la “prestación consiste en una indemnización a tanto alzado” que se abona en un pago único, y que está sujeto a tributación en la declaración de la Renta. En cuanto a la cuantía, esta será de “24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo del subsidio de incapacidad temporal del que se deriva la incapacidad permanente”.
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