La Seguridad Social informa a la ciudadanía, acerca de la documentación necesaria para acreditar tener derecho a percibir el IMV. Esta ayuda económica ya la reciben más 700 mil hogares en España, beneficiando a más de 2 millones de personas. Una prestación que se puso en marcha, sobre todo, para reducir la pobreza infantil y el riesgo de exclusión social de colectivos con rentas bajas.
Esta es la documentación necesaria para acreditar que se cumplen los requisitos para pedir el IMV
Las personas que deseen solicitar el IMV, no solo tienen que cumplir con una serie de requisitos, sino que también, deben acreditarlos de forma correcta. Este trámite es totalmente necesario para que quede constancia de que, verdaderamente, la unidad de convivencia, tiene derecho a percibir la prestación.
Documentación que hay que aportar con la solicitud del Ingreso Mínimo Vital
Así es cómo se acreditan los requisitos necesarios para pedir el Ingreso Mínimo Vital, según indica la plataforma web de la Seguridad Social:
- La identidad del/la solicitante, así como de las personas que integran la unidad de convivencia, se acredita mediante: DNI, TIE, pasaporte o NIE, según sean españoles en caso de ciudadanos extranjeros. El DNI deben aportarlo todos los españoles miembros de la unidad de convivencia, sea cual sea su edad, aunque los menores de 14 años están exentos del pago de las tasas para su obtención.
- Los extranjeros deben acreditar la residencia legal en España aportando la inscripción en el “registro central de extranjeros”.
- El domicilio en España se acredita con el certificado de empadronamiento que facilita el ayuntamiento en el que tenga fijado el lugar de residencia.
- La unidad de convivencia se acredita con el libro de familia o certificado del registro civil.
- En caso de ser pareja de hecho, hay que acreditar el documento del registro.
- Si hay trámites de separación o divorcio, se acreditarán con la presentación de la demanda o la resolución judicial.
- Si no se está unido a otra persona por vínculo matrimonial, hay que aportar una declaración jurada o afirmación solemne.
- Los jóvenes que vivan de forma independiente con respecto a tutores, progenitores o acogedores, deben demostrarlo con los datos que facilita el Instituto Nacional de Estadística. También es válido un certificado de empadronamiento histórico y colectivo.
- Si el/la solicitante es una persona sin hogar, es decir, que carece de techo, debe acreditar un “domicilio ficticio”.
- Las víctimas de violencia de género, deben acreditarlo con los informes de los servicios sociales, sanitarios o con los correspondientes a los servicios de acogida de la Administración Pública.
- La condición de discapacidad igual o superior al 65%, se acredita con el correspondiente certificado que lo acredite.
- Los jóvenes entre 18 y 22 años que vengan de un centro residencial de protección, deben aportar un certificado expedido por dicha institución.
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