La Seguridad Social ofrece a las personas beneficiarias de una pensión de jubilación contributiva un complemento económico por hijo a cargo. Esta ayuda, que se puede tramitar online sin certificado digital, está encaminada a la reducción de la brecha de género. Un complemento destinado principalmente a mujeres jubiladas que han mermado su carrera profesional para favorecer la crianza de sus hijos.
Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias de este complemento para las pensiones contributivas
Las personas beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o de viudedad, que hayan tenido uno o más hijos, pueden solicitar el complemento de brecha de género. Es una ayuda principalmente destinada a las mujeres que han sido madres, sin embargo, los hombres también pueden beneficiarse, si se producen alguno de estos 2 casos que especifica la web de la Seguridad Social:
- Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carretera profesional con ocasión de nacimiento o adopción:
- Hijos nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 199: Hay que tener 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha.
- Después del 1 de enero de 1995: “la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores”. Además, “la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer”.
- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
La cuantía del complemento está fijada en 30,40 euros mensuales, con un límite de cuatro veces dicho importe como máximo. El complemento se abona mensualmente, con 2 pagas extraordinarias en los meses de junio y noviembre.
Cómo realizar el trámite online sin necesidad de certificado digital
El complemento por hijo a cargo para las pensiones contributivas se puede tramitar de forma sencilla por vía telemática a través de este enlace de la web de la Seguridad Social. Tan solo hay que pulsar en “obtener acceso” e identificarse mediante Cl@ve permanente o DNIe o certificado electrónico, facilitando los datos personales en el formulario web, así como anexar la documentación acreditativa correspondiente.
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