Los jubilados que perciben una pensión contributiva de la Seguridad Social, pueden solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género. En ese sentido, pueden ser beneficiarios de este complemento que entró en vigor en el año 2021, las personas que han tenido uno o más hijos y que perciben una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad. A las mujeres se les reconoce de oficio, sin embargo, los hombres pueden reclamarlo si no se les ha abonado, si se producen determinadas circunstancias que pasamos a ver con más detalle.
Los hombres también pueden pedir este complemento a la Seguridad Social
El Gobierno puso en marcha el complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones contributivas en el año 2021, pensando principalmente en las trabajadoras. Esto se debe a que, en muchos casos, la mujer ha sido la que tradicionalmente ha tenido que sacrificar su vida profesional para dedicarse al cuidado de los hijos.
Sin embargo, en 2022, a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo, el reconocimiento del derecho a percibir este complemento se extendió a los pensionistas que hayan sido padres. Por lo tanto, los hombres que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, pueden solicitar a la Seguridad Social el complemento a la paternidad que no se les ha abonado.
Cuantías del complemento para la reducción de la brecha de género
Antes de nada, hay que aclarar que el complemento solo se puede pedir en caso de jubilación plena, es decir, que no es aplicable a la jubilación parcial. Y en lo referente a las cuantías, estas van a depender del número de hijos que se haya tenido, sin importar la edad de los mismos en la actualidad, según se establece en la siguiente tabla.
Número de hijos/as | Cuantía al mes |
---|---|
1 hijo/a | 33,20 € |
2 hijos/as | 66,40 € |
3 hijos/as | 99,60 € |
4 hijos/as | 132,80 € |
Por consiguiente, el importe puede llegar a los 1.859,20 euros al año, en caso de tener cuatro hijos, repartidos en 14 pagas mensuales complementando a la pensión. Sin embargo, este complemento de la Seguridad Social, solo lo puede percibir uno de los 2 progenitores. En caso de ser 2 mujeres o 2 hombres, lo cobrará el que tenga la pensión de menor cuantía. En caso de un hombre y una mujer, lo podrá percibir el hombre si tiene una pensión inferior a la de la mujer.
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