El Ingreso Mínimo vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social destinada las personas en riesgo de sufrir pobreza y para evitar situaciones de exclusión social. Es una ayuda económica que sirve para garantizar la subsistencia de los ciudadanos/as que viven solos y, también, de las que viven integradas en unidades de convivencia. En cualquier caso, con esta paga mensual, se facilita que puedan comprar alimentos y acceder a productos de primera necesidad. Sin embargo, existen 4 incompatibilidades que impiden cobrar el IMV.
Cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2023
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital varía según las circunstancias de la persona solicitante. Para fijar el importe se tienen en cuenta la “diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales”. Por consiguiente, la cuantía oscila entre los 565,67 euros al mes para una persona sola hasta, los 1.243,83 euros en caso de unidades de convivencia formadas por un adulto y cuatro o más menores, o por cuatro adultos y un menor.
Por otra parte, el importe del IMV puede verse incrementado por un complemento del 22%, en caso de que la familia sea monoparental. Teniendo esto en cuenta, y para que sirva de referencia, aplicándolo a uno de los ejemplos anteriores, es decir, si se da esta circunstancia de un adulto acompañado por un hijo menor a cargo, en ese caso puede llegar a cobrar 859,37 euros al mes. También, pueden ganar algo más si solicita el complemento mensual de ayuda a la infancia.
Estas son las 4 incompatibilidades que impiden cobrar el IMV
La Seguridad Social facilita a los/las usuarios/as un simulador del cálculo del IMV para ver si pueden recibir esta ayuda. Mediante el mismo, y contestando algunas sencillas preguntas, los/as interesados/as podrán saber si tienen derecho o no a percibirla. No obstante, hay que tener en cuenta estas 4 incompatibilidades, que no permiten cobrar el Ingreso Mínimo Vital:
- Percibir el IMV no se puede compatibilizar con la asignación económica por hijo o menor a cargo.
- El complemento de ayuda a la infancia del IMV tampoco se puede compaginar con la asignación por hijo a cargo, tenga o no tenga discapacidad.
- La persona interesada que cumpla con los requisitos, tiene que optar entre recibir la ayuda o renunciar en favor de familiares convivientes que también tengan derecho a la prestación, si se diera el caso.
- Desde el 1 de enero de 2023, el Ingreso Mínimo Vital es incompatible con las pensiones asistenciales que sigan percibiéndose y, por tanto, quedarán anuladas si se concede el IMV.
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