El pasado martes se aprobó la reforma de los subsidios de desempleo, con la que se dan varias modificaciones. Una de ellas, es el incremento de la prestación, aumentando también el número de beneficiarios y su compatibilidad con el paro o subsidio. Por otro lado, se procede a eliminar un tipo de despido automático, que hará que trabajadores que se encuentren en situación específica, sean intocables.
Estas son algunas de las novedades que presenta la reforma de los subsidios
Cuando hablamos de la imposibilidad de despedir al personal, hacemos referencia, al caso de despido automático por invalidez permanente. De nuevo, tras no llevarse a cabo dicha reforma del subsidio en el Congreso de los Diputados, el pasado mes de enero, ahora se va a volver a llevar a manos del Congreso. Todas estas medidas, están apoyadas, con fondos europeos, a través de 10.000 millones de euros de inversión.
Este anteproyecto de ley, el cual modifica la Ley General de Seguridad Social, se tiene que llevar al Congreso de los Diputados, donde se mantiene la cotización de mayores de 52 años al 125%. De esta forma, y manteniendo esta medida, puede ayudar al conseguir el apoyo de Ione Belarra. Además, se quiere aumentar la cuantía en un 95% del IPREM (570 euros) en los primeros 6 meses. En este aspecto, y como novedad, la cuantía a percibir será la misma cantidad, aunque se haya trabajado a tiempo parcial o completa y llegará a más personas (menores de 45 años sin cargas, menos de 6 meses cotizados o sector agrario, entre otros). Se trata de la reforma del artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores.
El despido por invalidez permanente no podrá llevarse a cabo
Otro de los cambios que la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, anunció y la cual tiene la luz verde del Gobierno, es la eliminación de los despidos en caso de invalidez permanente sobrevenida. De esta forma, la empresa no puede extinguir el contrato de trabajo, y se condiciona a la voluntad del trabajador, para adaptar el puesto de trabajo o acceder a otro, compatible con tal situación. En caso de no poder realizarse tales proposiciones por suponer una carga excesiva para la empresa, se podrá realizar un cambio a otro cargo vacante y compatible con tal situación.
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