La renta agraria es una prestación del Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) destinada a personas del sector agrario en situación de desempleo y que coticen al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS). La renta agraria está disponible solo para trabajadores de Andalucía y Extremadura, y tiene una serie de características específicas que la diferencian del sistema general.
Puedes cobrar la Renta Agraria si…
- Perteneces al colectivo de “Trabajador eventual agrario por cuenta ajena”. Además, debes estar empadronado con residencia por más de 10 años en Andalucía (o Extremadura).
- No te has beneficiado del subsidio por desempleo agrario hasta 3 años atrás.
- Estás inscrito en el SEASS hasta 1 año atrás (de 5 a 20 años si eres mayor de 45).
- Has cotizado en el SEASS, como mínimo, 35 jornadas reales en los últimos 12 meses naturales.
- No tienes rentas que superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) al año.
- Si te inscribes como demandante de empleo durante todo el periodo que se perciba la Renta Agraria y suscribes el compromiso de actividad.
No puedes cobrar la Renta Agraria si…
- Tus rentas superan la cifra establecida para el SMI al año.
- Cobras otro tipo de prestaciones o subsidios por desempleo.
- Percibes pensiones o prestaciones de la Seguridad Social incompatibles con el empleo, o compatibles que superen el SMI anual.
- Tú o tu cónyuge tenéis calidad de propietario, arrendatario, aparcero o titular de una explotación agropecuaria, cuya renta supere el SMI.
- Estás realizando un trabajo por cuenta propia o ajena (salvo que seas mayor de 52 años, en cuyo caso existen una serie de condiciones).
Características específicas de la Renta Agraria 2023 en Andalucía
La cuantía a percibir por la renta agraria en Andalucía se fijará en función del número de jornadas reales trabajadas que la persona pueda justificar. Para calcular la cifra se utiliza el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de acuerdo a una escala específica. Al cierre de esta edición en IPREM está en 600 € mensuales, por lo que podemos deducir la siguiente tabla:
Número de jornadas reales | Porcentaje sobre el IPREM | Cálculo en € |
De 35 a 64 | 80% | 480 € |
De 65 a 94 | 85% | 510 € |
De 95 a 124 | 91% | 546 € |
De 125 a 154 | 96% | 576 € |
De 155 a 179 | 101% | 606 € |
A partir de 180 | 107% | 642 € |
Por otro lado, la duración de la renta tendrá en cuenta la edad del solicitante y también, su situación personal así como el número de jornadas reales justificadas en el momento de la solicitud. La escala sería la siguiente:
Edad | Días de derecho sin cargas familiares | Días de derecho con cargas familiares |
De 16 a 24 años | 3,4 días de renta por día trabajado (máx. 180 días). | 180 días |
De 25 a 51 años | 180 días | 180 días |
A partir de 52 años | 300 días | 300 días |
La renta agraria de Andalucía y Extremadura se comienza a percibir al día siguiente desde los 3 meses de la fecha de solicitud. Si cumples los requisitos oportunos, el SEPE pone a disposición de los trabajadores del campo varías vías de solicitud.
Solicita la prestación agraria
Si estás en Andalucía y quieres solicitar la renta agraria, lo primero que debes hacer es inscribirte como demandante de empleo. Si es tu primera vez, puedes solicitarla al momento de finalizar un trabajo, pero si la cobraste con anterioridad, debes esperar 12 meses al comienzo de la renta anterior. Una vez aclarado esto, puedes tramitar tu solicitud desde la sede electrónica del SEPE o de forma presencial/telefónica mediante cita previa. También tienes la opción de hacerlo mediante correo administrativo. El SEPE debe resolver tu solicitud en los 15 días siguientes a su presentación y debe notificar la resolución en 10 días desde la fecha en que se haya dictado.
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