Las prestaciones son uno de los pilares básicos del estado de bienestar. El coste de estas a las arcas del estado, si ponemos de ejemplo el pasado año 2023, fue de 22.130 millones de euros (por desempleo). Supone un 11,5% del PIB, que según como lo miremos, no parece tanto. Hasta 698.652 ciudadanos reciben una prestación contributiva de desempleo, mientras 714.590 perciben el subsidio para mayores de 52 años. Habrá quien hable de “paguitas”, que no se quiere trabajar, que no hay cultura del esfuerzo, pero gracias a estas ayudas las personas salen adelante. Si una familia no tiene para comer, invierten su tiempo en buscar comida, no en buscar trabajo, es de cajón.
¿Cuál es la prestación de pago único?
Hablamos de la prestación por nacimiento, adopción y cuidado de menores. Va dirigida a personas trabajadoras que han tenido o van a tener hijas/os por parto o adopción, o que han acogido o van a acoger menores a su cargo. Además, esta prestación también se puede solicitar en los casos de fallecimiento de un recién nacido después del parto o ante un aborto a partir de los 180 días de embarazo (en este último caso, solo pueden solicitar la prestación las madres biológicas). Para optar a los 1.000 euros de pago único deberás cumplir estos requisitos:
- Te encuentras de alta o en una situación asimilada al alta en la Seguridad Social y estás al corriente en el pago de las cuotas (en caso de ser responsable de tu cotización).
- Te encuentras en alguna de estas situaciones:
- Eres menor de 21 años en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento.
- Tienes entre 21 y 25 años en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento y has cotizado al menos 180 días en toda tu vida laboral, o 90 días en los últimos 7 años anteriores al momento del inicio del descanso laboral.
- Tienes 26 años o más en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento y has cotizado al menos 360 días en toda tu vida laboral, o 180 días en los últimos 7 años anteriores al momento del inicio del descanso laboral.
Una vez completado el trámite, obtendrás un comprobante de la solicitud. 10 días después, recibirás una notificación en tu domicilio. Si la resolución es favorable, recibirás los pagos correspondientes a partir de la siguiente mensualidad.
Trámite para solicitar la “ayuda”
Lo primero es entrar en la web de la Seguridad Social, en su área de prestaciones. Te aparecerán todos los pormenores de la “ayuda” y también una pestaña bajo el nombre, “Comenzar solicitud”. Deberás rellenar una serie de preguntas para facilitar todos los datos relativos a la adopción o nacimiento. Con cada cuestión, va orientando en el proceso de manera simple. Sigue los pasos y tu solicitud quedará activa.
Por último, si deseas conocer las últimas novedades sobre otras ayudas y prestaciones, te aconsejamos que visites nuestro periódico digital especializado en noticias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.