Cuando decidimos optar por irnos a vivir a una vivienda con un contrato de alquiler, lo normal es que se firme un año entre casero e inquilino, como mínimo. Es cierto, que al acordar entre ambas partes dicho contrato de alquiler, es obligatorio dar una fianza al casero (arrendador). Dicha cantidad equivale a una mensualidad del arrendamiento de viviendas o dos, en caso uso distinto, según el artículo 36.1 de la LAU. Así, los propietarios tienen una garantía del cumplimiento del contrato.
Para qué sirve la fianza del alquiler y cuándo la tienen que devolver
Al entregar la fianza al casero de nuestro piso donde vamos a vivir de alquiler, el dueño debe entregarlo al organismo correspondiente, y no podrá tocarlo en ningún caso, hasta que termine el contrato. Del mismo modo, cuando el inquilino deje el piso de alquiler en buen estado (el mismo que cuando entró), este recibirá la fianza integra, en un plazo máximo de 30 días, desde la entrega de las llaves.
La fianza es un seguro ante posibles impagos o desperfectos causados en la vivienda de alquiler. También sirve para cuando se rompa el contrato por parte del arrendatario, antes de la duración establecida en el mismo. Según la ley, incumplir el contrato es dejar la vivienda antes de los 6 meses o no avisar un mes antes. Cuando existan imperfecciones en la vivienda causadas por el inquilino, este deberá pagarlos o se podrán descontar de la fianza.
Antes de que nos devuelvan la fianza, el casero del piso puede coger dicho dinero en usarlo para arreglar los daños causados o pintar las paredes, por ejemplo. También, puede realizar limpiezas, reparaciones o arreglar ciertas averías, usando la fianza. Estos pequeños inconvenientes deben quedar registrados a través de pruebas para demostrar las razones de la no devolución de la totalidad o parte de la fianza (por ejemplo, fotos).
Listado de las situaciones donde el casero puede quedarse con la fianza
Como resumen podemos establecer las siguientes situaciones por las que el casero puede quedarse con la fianza del alquiler de la vivienda. En este caso, son acciones que comete el inquilino:
- No devolver la vivienda en el mismo estado en el que la encontró el inquilino.
- No realizar las pequeñas reparaciones por el sobreuso ordinario del inmueble.
- Dejar de pagar la renta del alquiler.
- Salir de la vivienda antes de finalizar el contrato mínimo establecido.
- No pagar los suministros.
En la siguiente lista, indicamos el resumen de los pasos que debe seguir el casero para que se quede con la fianza:
- Revisar la vivienda en profundidad.
- Hacer una valoración de los desperfectos.
- Obtener una factura de los gastos implicados en los desperfectos.
- Devolver la cantidad de fianza restante o total, en caso de estar igual que cuando se entregaron las llaves.
Toda la información sobre esta normativa la puedes ver más desarrollada en BOE sobre la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Además, no olvides que una vez leída esta noticia, puedes seguir informándote sobre otras publicaciones de actualidad en Andalucía y estar al día sobre interesantes artículos.