El modelo 347 de Hacienda debe entregarse siempre al comenzar el año. Se trata de un documento que los contribuyentes, tanto personas físicas como jurídicas, están en la obligación de presentar a la Agencia Tributaria cuando las operaciones económicas o profesionales que hayan realizado con terceras personas en el ejercicio anterior, hayan superado en total los 3.005,06 euros anuales.
La declaración anual de operaciones con terceras personas puede dar origen al inicio de una inspección fiscal
Al comenzar el nuevo año, los autónomos y empresarios tienen varias obligaciones fiscales. Una de ellas presentar el modelo 390 antes de finalizar enero, o este que nos ocupa ahora, el modelo 347, cuyo plazo de entrega transcurre en el mes de febrero. Deben facilitarlo a la Agencia Tributaria, tanto los proveedores como los clientes, para declarar estos tipos de movimientos que se hayan producido en el año natural anterior:
- Operaciones inmobiliarias.
- Entrega y adquisición de bienes y servicios.
- Anticipos.
- Operaciones con entidades aseguradoras.
- Arrendamientos que no están sujetos a retención.
- Subvenciones y ayudas que no son reembolsables.
La presentación del modelo 347 es muy relevante, y hay que poner especial atención al rellenarlo, aportando cuidadosamente toda la información, debido a que la administración tributaria cruza los datos aportados por los ciudadanos/as. Es, por lo tanto, una forma de detectar las posibles irregularidades que se hayan producido en las declaraciones fiscales de los contribuyentes, que puede dar lugar a una inspección y ser objeto de sanción.
Pasos para presentar el modelo 347 de Hacienda
El modelo 347 o declaración informativa anual de operaciones con terceras personas, debe tramitarse en Hacienda de forma telemática. Para ello, las personas obligadas a presentarlo deben entrar en la sede electrónica de la AEAT. El plazo de presentación comienza en febrero, por lo que próximamente estará activa en la plataforma, la tramitación correspondiente al ejercicio 2023.
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