Los ciudadanos que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica son los principales beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Una ayuda del Gobierno dirigida tanto a personas individuales como a unidades familiares, que se encuentran en riesgo de exclusión social. No obstante, para poder a cobrar esta prestación de la Seguridad Social es necesario no superar ciertos límites de ingresos.
Requisitos generales para poder tener acceso al Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital está regulado por la Ley 19/2021, de 20 de diciembre. Esta ayuda, que llega a más de 850.000 familias, nació en un contexto de crisis, con 2 objetivos muy claros: incentivar la inclusión en el mercado laboral y, al mismo tiempo, favorecer la inclusión social de las personas vulnerables. En general, para tener acceso al IMV, las personas solicitantes deben cumplir esta serie de requisitos generales:
- Tener residencia legal y efectiva en España y tener al menos 23 años.
- Hay que acreditarlo con el DNI o en caso de extranjeros, mediante la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
- Además, la residencia legal hay que acreditarla con la inscripción en el registro central de extranjeros.
- Aportar el Certificado de Empadronamiento.
- Acreditar la existencia de una unidad de convivencia, aportando para ello el Libro de Familia o un certificado del Registro Civil.
- Los beneficiarios individuales deben tener al menos 23 años, aunque existe la excepción para los jóvenes entre 18 y 22 años que provengan de un centro de protección de menores o sean huérfanos absolutos.
Límites de rentas para poder cobrar el IMV en 2024
Por último, además de los requisitos generales, para poder cobrar el IMV es necesario no sobrepasar unos límites de rentas anuales. Recordemos que la cuantía del Ingreso Mínimo Vital se establece restando la “renta garantizada” a los ingresos que obtenga la persona beneficiaria a lo largo del año. La “renta garantizada” es una cantidad anual dividida en 12 pagas, que ha subido un 6,9% en 2024. Por consiguiente, estos son los límites según explica la web de La Moncloa:
- Beneficiario individual:604,21 euros al mes, es decir, 7.250,52 euros al año.
- Unidades de convivencia: Las cuantías anteriores se incrementan un 30%, por cada miembro que tenga la familia: lo que supone 181,26 euros más al mes (2.175,16 euros anuales) por cada uno de ellos, hasta un límite de 5. En este último caso, el límite sería de 15.951,24 euros anuales (1.392,27 euros al mes).
Complementos del Ingreso Mínimo Vital
Además de estos límites, existen una serie de complementos, que hacen que puedan aumentar en estos casos:
- Familias monoparentales y en caso de miembros con grados de discapacidad superior al 65%: La renta garantizada se incrementará un 22% a las cuantías antes señaladas.
- Complemento de Ayuda a la Infancia.
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