Cuando nos referimos a las pensiones, hacemos alusión a las ayudas de la Seguridad Social, las cuales son la principal base económica de los jubilados. Este es el motivo, por el que hablar de perder la pensión, puede ser algo que sorprenda a muchos ciudadanos en España. No obstante, cabe señalar que la Seguridad Social, puede suspender o embargar la pensión, pero nunca quitarla completamente. La única manera de perder la pensión, es decir, su extinción, solo se da por el fallecimiento de la persona. Por tanto, vamos a explicar cómo ocurriría estas perdidas temporales tanto en pensiones contributivas como no contributivas (Imserso).
Cuándo pueden suspenderme la pensión de la Seguridad Social
Desde la Seguridad Social, es posible suspender la pensión de jubilación en el caso de no realizar algunos trámites o gestiones, de carácter obligatorio y que su falta de comunicación puede ser no agraciada para los ciudadanos/as que cobran esta ayuda. Bien, el más importante de todos y que afecta a todos los que cobren dicha prestación, es no comunicar cualquier cambio o modificación de datos, tantos personales como bancarios. De esta manera, estás al día con la Seguridad Social, regularizando cualquier cosa. En este aspecto, el no realizar estos comunicados puede ser motivo de perder de forma temporal la pensión o imponer multas (sección 2.ª del capítulo III de la Ley General de la Seguridad Social).
El segundo trámite o gestión a realizar de forma obligatoria, tiene que ver con aquellas personas que estén cobrando una pensión y que residan en el extranjero. Y es que en España, no es obligatoria. Se trata de la Fe de Vida, un documento que hay que presentar de para comprobar que la persona sigue viviendo y así poder seguir cobrando la pensión.
Y si mi pensión de jubilación es no contributiva, qué ocurre (PNC)
Existe la posibilidad de que la Seguridad Social, suspenda también las pensiones no contributivas de jubilación, cuando se supere el umbral de ingresos máximos (7.250,60 euros, que puede incrementar según el nº de convivientes), no realizar la declaración de rentas anuales (antes del 31 de marzo). También lo harán pro no dar información sobre la situación personal (variaciones que puedan alterar la cuantía y que habrá que devolver si hemos recibido de más).
Será el Imserso quien suspenda dichas pensiones no contributivas en caso de sobrepasar de estos límites establecidos. Si deseas conocer más noticias que tengan que ver con pensiones y otros temas relacionados con ayudas, puedes visitar nuestro apartado web de prestaciones de Andalucía.