La Seguridad Social ofrece a las amas de casa la posibilidad de beneficiarse de 2 tipos de prestaciones económicas sin necesidad de haber cotizado nunca. En España hay en la actualidad casi tres millones de amas de casa. Mujeres que se dedican exclusivamente a realizar las tareas del hogar, sin obtener a cambio ningún tipo de sueldo o remuneración alguna.
La Seguridad Social ofrece a las amas de casa estas 2 ayudas sin necesidad de haber cotizado
Las personas que se dedican a realizar a las tareas del hogar, las amas de casa, no hay que confundirlas con las empleadas domésticas, ya que estas últimas reciben un sueldo por la realización de su trabajo y, por lo tanto, cotizan, equiparando sus derechos con el resto de trabajadores/as. En cambio, las personas que se han dedicado toda su vida tan solo a la realización de los a los quehaceres de su hogar, mujeres de edad avanzada en su mayoría, tienen disponibles estas 2 ayudas o prestaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social:
Ingreso Mínimo Vital
Aunque está condicionada por el número de miembros de la unidad de convivencia, el IMV parte de una cantidad, desde los 604 euros, en caso de tratarse de una persona sola. Puede alcanzar los 1.330 euros al mes como máximo, según las nuevas cuantías aprobadas por el Consejo de Ministros para 2024. También existe la posibilidad de sumarle el complemento a la infancia, que consiste en una ayuda de hasta 115 euros más al mes por cada hijo menor de edad.
Pensiones no contributivas
El IMSERSO es el encargado de las pensiones no contributivas, de jubilación y de invalidez. En el caso de la primera, es una ayuda destinada precisamente a las personas que llegan a la edad de jubilarse y que no han cotizado lo suficiente o no lo han hecho nunca. La cuantía establecida para 2024 es 14 pagas de 517,90 euros al mes. La solicitud se gestiona en Andalucía, a través de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
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