La Junta de Andalucía explica cómo calcular los plazos para realizar cualquier trámite o acto administrativo que tenga lugar dentro de nuestra comunidad autónoma. En general, los días hábiles a tener en cuenta son, salvo excepciones, de lunes a viernes. Sin embargo, la ley designa un “Calendario de días inhábiles”, los cuales no se consideran, a efectos legales, para el cómputo general establecido en los procedimientos.
Los plazos administrativos se establecen en el “Calendario de días inhábiles” que publica la Junta de Andalucía
Los días inhábiles son aquellos que la normativa estipula que quedan excluidos de los plazos para la presentación de documentos administrativos. La Junta de Andalucía, pone a disposición de los ciudadanos el “Calendario de días inhábiles”. En él se pueden consultar los días declarados festivos en todo el territorio nacional, los específicos para la comunidad autónoma andaluza y aquellos días establecidos como no laborables por los ayuntamientos.
En Andalucía, los días declarados inhábiles en un año determinado, se publican por Decreto en el BOJA. Estos pueden afectar a diferentes procedimientos que los ciudadanos/as tengan pendientes de realizar con la administración pública. Por ejemplo, en la presentación de un registro, la resolución de un expediente o una notificación.
El Catálogo de Procedimientos y Servicios sirve para saber los plazos establecidos
Para el cálculo del periodo establecido para la presentación de documentos, la Junta de Andalucía recomienda consultar el “Catálogo de Procedimientos y Servicios”. Además, es conveniente saber que, para contar los plazos de forma correcta, se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones, relacionadas con cualquier procedimiento administrativo:
- Si los plazos son en horas, se establecerán la hora y minutos exactos en los que tenga lugar el acto o notificación. El máximo será de 24, ya que si es superior se considerará como un día.
- En caso de ser plazos en días: El primer día que se cuenta es el siguiente al que se produzca la notificación o publicación oficial. Si el último día del plazo es inhábil, el plazo pasa al siguiente. No obstante, debemos distinguir entre días hábiles o naturales:
- Días hábiles: Todos los días de lunes a viernes, exceptuando los sábados, domingo y festivos.
- Días naturales: Todos los días se cuentan por igual, sin ninguna excepción para el cómputo total.
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