El bono joven del alquiler, que entró en vigor el pasado mes de enero, es una de las medidas comunicadas por el Gobierno para ayudar a los jóvenes de entre 18 y 35 años a encontrar su primera vivienda y de esta manera estimular la emancipación. La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Fomento da inicio a la tramitación de las ayudas, a las cuales se prevé llegar cerca de 6.000 jóvenes en la primera convocatoria. La ayuda tendrá una duración de dos años y cuenta con un presupuesto de 200 millones de euros. Esta ayuda, que aunque es aprobada por el Estado, se gestiona a nivel autonómico por los respectivos ejecutivos, es por ello que ya son muchas las que han abierto la convocatoria, y otras que la iniciarán en los próximos días, entre ellas Andalucía.
Requisitos para solicitar el Bono Joven del Alquiler
Los solicitantes deberán de tener en cuenta que no todo el mundo puede acceder a esta ayuda, ya que va dirigida especialmente a impulsar a los jóvenes a independizarse antes de los 35 años. Hacemos un inciso, para recordar y avisar que esta ayuda será compatible con el Plan Estatal de Vivienda. Para ser beneficiario del Bono Joven del Alquiler en Andalucía será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener entre 18 y 35 años.
- No ser beneficiario de otro tipo de ayuda destinada al arrendamiento de vivienda.
- Tener nacionalidad española.
- No haber superado tres veces el IPREM en 2021 (23.725,80 €). En el caso de que la vivienda existan más de un beneficiario se valorará los ingresos de cada unos de ellos sin que los mismos puedan superar 4 veces el IPREM (31.634,49 €).
- Estar trabajando o disponer de una fuente regular de ingresos.
- Ser el titular del contrato de alquiler. También podrán beneficiarse los que tengan convenio o sentencia de separación o divorcio, alquiler de una habitación o por motivos de subrogación.
- No tendrán derecho los solicitantes que tengan parentesco con el arrendador en primer o segundo grado de consanguinidad.
Cuantía del alquiler de la vivienda
Además, de los requisitos anteriormente expuestos, existen otros destinados a la cuantía del precio del alquiler:
- Igual o inferior a 900 euros para viviendas ubicadas en localidades incluidas en el grupo 1,2 y 3 del anexo V del Decreto 91/2020, del 30 de junio.
- Igual o inferior a 600 euros para el resto de viviendas.
- En el caso de alquiler de una habitación o arrendamiento parcial, la cuantía no podrá ser superior a 380 euros mensuales en localidades incluidas en el grupo 1,2 y 3.
- Y de 300 euros para el resto de municipios andaluces.
Documentación necesaria
Cómo hemos comentado anteriormente, en estos días se anunciará la apertura de las solicitudes para el Bono Joven Alquiler en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Es por ello que debemos tener lista toda la documentación para presentarla junto con el modelo oficial de solicitud, la cual detallamos a continuación:
- Copia del contrato del alquiler.
- Certificado de empadronamiento y vida laboral.
- Recibos que acrediten el pago mensual de alquiler.
- Número de cuenta donde aparezca de titular el solicitante.
- Nota simple expedida por el registro de la propiedad.
- Referencia catastral de la vivienda.
La junta de Andalucía pone a disposición del ciudadano un teléfono de información al cuál podrás llamar e informarte personalmente, el mismo es 955 060 998.
Publicaremos en Andaluciainforma en un periodo breve de tiempo la apertura de los plazos para solicitar el Bono Joven del Alquiler, por lo que aconsejamos que visites esta página con la continuidad suficiente.