La Agencia tributaria dio el pistoletazo de salida el pasado mes de junio la ayuda de 200 euros para las familias con bajos ingresos. Últimos días para solicitarlo.
En reunión del Consejo de Ministros se aprobó el pasado mes de junio, de manera extraordinaria, un nueva ayuda de 200 euros. Dirigida a aquellas familias con bajos recursos económicos, a los que la inflación le ha salpicado de manera más gravosa.
El Real Decreto-ley publicado en El Boletín Oficial del Estado (B.O.E), se puede observar que para esta ayuda se ha destinado una cantidad que asciende a 540 millones de euros, de los que se beneficiarán cerca de 2,7 millones de personas. La Agencia Estatal de Administración Tributaria, es el organismo encargado de gestión y tramitación del cheque de 200 euros, y a través del cual debes de descargarte el modelo oficial de solicitud.
Estos son los plazos para pedir el cheque de 200 euros de Hacienda
Los núcleos familiares con bajos niveles de ingresos podrán beneficiarse de esta ayuda desde el pasado mes de julio. Dicha ayuda está incluida en el paquete anticrisis para mitigar las consecuencias de la guerra de Ucrania y la inflación económica del país.
El trámite se lleva a cabo a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria donde los interesados podrán entrar con certificado electrónico o Cl@ve. Tendrán 10 días para rellenar y enviar el modelo oficial de solicitud.
El plazo para enviar las peticiones expira el próximo 30 de septiembre. No obstante el decreto anticrisis se extenderá hasta el 31 de diciembre. Por lo que las adjudicaciones, y con ello los ingresos de la ayuda, podrán alargarse hasta dicha fecha.
En principio, no será necesario aportar ningún documento que acompañe la solicitud, bastará con indicar el número de la cuenta bancaria donde se va a realizar el ingreso.
Requisitos para solicitar la ayuda de 200 euros
Según el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, los aspirantes a cobrar el cheque de 200 euros deberán de reunir una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta ayuda, ya sean trabajadores por cuenta propia o ajena, o parados que estén en búsqueda activa de empleo. Dichas condiciones son las siguientes:
- Residencia legal en España durante el año inmediatamente anterior a la solicitud.
- Los desempleados deben estar inscritos como demandantes de empleo.
- Las rentas obtenidas en el 2021 no podrán superar los 14.000 euros íntegros.
- El patrimonio es inferior a 43.196,40 euros, sin tener en cuenta la vivienda.
- No ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital ni otras ayudas gubernamentales.