La Agencia de Servicios sociales de Andalucía permite solicitar la dependencia en 5 sencillos pasos. El procedimiento de solicitud es muy fácil y se puede realizar tanto de forma telemática como presencial. Se trata de un proceso clave para determinar si una persona es dependiente y cuál es el grado que le ha sido reconocido. Asimismo, en función a la calificación de su estado, se pondrá elaborar un programa de atención personalizado.
Estos son los 5 pasos necesarios para pedir la dependencia en Andalucía
Con estos 5 sencillos pasos cualquier persona puede solicitar la dependencia en Andalucía. Recordemos que se trata de una prestación que viene amparada por el marco legal de la Ley 39/2006 de “Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia”. Se trata de una normativa que sirve para garantizar el derecho a las personas en situación de dependencia, a recibir atención y cuidados específicos para mantener su autonomía y calidad de vida. Esto es lo que hay que hacer para solicitarla:
Primer paso: Solicitud
La solicitud se puede tramitar bien de forma telemática, a través de la “ventanilla electrónica de dependencia”. Aunque para ello hay que tener instalado un certificado electrónico en el navegador. No obstante, también se puede hacer el trámite de forma presencial en los Servicios Sociales Comunitarios o en los registros y oficinas de las Administraciones Públicas. Para ello hay que descargar el modelo y cumplimentarlo.
Segundo paso: Valoración
En esta fase, el Servicio de Valoración más cercano al domicilio del solicitante, se pondrá en contacto con el usuario para concertar una cita en su domicilio. En ese momento, los técnicos podrán valorar la situación personal de la persona que necesita la ayuda. Comprobarán si realmente precisa apoyo en sus actividades básicas diarias, o si requiere supervisión o una ayuda constantes, en el caso de personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual.
Tercer paso: Comunicación
En este paso el interesado/a recibirá por correo postal una carta en la que le será comunicada de forma oficial si se le reconoce o no la situación de dependencia. Además, dicho documento, elaborado por el personal de los Servicios Sociales, indicará el grado que le ha sido reconocido. En función del mismo, se determinarán los servicios y prestaciones de los que podría ser beneficiario el/la solicitante.
Cuarto paso: Elaboración del programa de atención personalizado
El personal de los Servicios Sociales volverá al domicilio de la persona que solicita la ayuda para exponerle los recursos más efectivos disponibles, que sirvan para cubrir las necesidades básicas de su día a día. En esos momentos, el personal de atención pedirá la documentación oportuna para acreditar la situación socioeconómica del solicitante. Y en función de la misma, dará opciones de financiación del servicio o la cuantía de la prestación económica a percibir.
Quinto paso: Comunicación de la prestación
Una vez hecha la valoración in situ de las circunstancias personales y familiares del usuario, los servicios sociales emitirán un juicio de valor en el que expondrán el recurso más idóneo para el/la beneficiario/a de la ayuda a la dependencia. Una vez recabada toda la información, los Servicios Sociales Comunitarios, le informarán del precio del servicio, adecuado a su nivel de ingresos.
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