La tramitación del registro de una pareja de hecho en Andalucía, es un proceso muy sencillo que se puede efectuar de forma telemática, aportando la documentación necesaria a tal efecto. Recordemos que la unión de hecho es una figura legal, por la que una relación de pareja estable queda reconocida ante la ley. Con efectos equiparables a los de contraer matrimonio, aunque no se celebre una ceremonia de boda para formalizar el vínculo.
Estos son los requisitos necesarios para hacerse pareja de hecho en Andalucía
Hacerse pareja de hecho es recomendable, ya que a efectos legales, tienen los mismos derechos que las personas que están casadas. Por consiguiente, pueden disfrutar de los mismos beneficios como, por ejemplo, permiso laboral en caso de encontrarse en situaciones en las que tengan que pedir una baja por maternidad o maternidad, o en caso de enfermedad grave de la pareja. Estos son los requisitos que son necesarios para realizar el trámite:
- Identificación personal (DNI/NIE).
- Acreditación del estado civil.
- Ser mayores de edad o menores emancipados.
- No estar incapacitados judicialmente.
- No estar ligado con vínculo matrimonial, ni formar pareja estable, no casada con otra persona.
- Tener residencia en un municipio de Andalucía.
- No ser parientes en línea directa por consanguinidad o adopción ni colaterales por consanguinidad en segundo grado.
- Declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho: esto debe hacerse mediante “comparecencia personal de los interesados ante el titular del órgano encargado del Registro correspondiente, o ante el Alcalde o Alcaldesa, Concejal o Concejala, o personal funcionario en quien deleguen”.
Documentación necesaria y vías para realizar el trámite de registro en la comunidad andaluza
Para realizar la tramitación del registro de una pareja de hecho en Andalucía, hay que descargar y rellenar el formulario, junto con la Certificación del Registro civil acreditativo de la emancipación, la Certificación de estado civil, declaraciones responsables y escritura público de que se tiene voluntad de llevar a cabo el procedimiento. Según indica la web de la Junta de Andalucía, se puede solicitar en línea de forma telemática o presencialmente, acudiendo a la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la provincia en la que residan los solicitantes.
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