Ahora que comienza la campaña de Renta 2023: ¿Sabes qué gastos de teletrabajo puedes deducir en la Declaración? En este artículo vamos a darte algunas indicaciones al respecto. Por ello, si has sido teletrabajador durante el ejercicio fiscal 2022, debes saber que no todos los gastos que se haya generado tu actividad profesional son objeto de deducción. En ese sentido, esto es lo que determina sobre este asunto la Agencia Tributaria.
Más de 3 millones de trabajadores españoles han trabajado a distancia durante el ejercicio fiscal 2022
Antes de adentrarnos en qué gastos de teletrabajo puedes deducirte en la Declaración de la Renta, vamos a ver en qué supone esta modalidad de empleo para la economía española. En ese aspecto, el trabajo a distancia, es decir, aquel en el que el empleado no necesita acudir físicamente a una oficina o puesto de trabajo localizado en un sitio físico, ocupa actualmente a casi 3,3 millones de españoles, esto es, el 14% de la población activa.
Por otra parte, el teletrabajo ha aumentado en los últimos años debido a la implantación de las nuevas tecnologías de la información. En ese sentido, se produjo un gran aumento en el año 2020, a consecuencia del confinamiento a causa del Estado de Alarma provocado por el COVID-19. Sin embargo, aunque ha sido una tendencia al alza en los últimos tiempos, ha registrado una bajada leve en el último año.
Estos son los gastos de teletrabajo que puedes deducir en la Declaración de la Renta 2023
En primer lugar, debes saber que aunque el trabajo a distancia está regulado en España en la Ley 10/2021 de 9 de julio, no se ha hecho lo mismo en lo referente a la fiscalidad del mismo. Es decir, la ley regula los derechos y deberes de este colectivo en el marco laboral, pero aún no está definido por completo el marco fiscal. Por lo tanto, en general si eres trabajador por cuenta ajena no te puedes deducir los gastos de suministros (luz, internet, por ejemplo) que se produzcan en tu domicilio a la hora de teletrabajar.
Sin embargo, los autónomos que teletrabajan desde su casa, sí que pueden desgravarse hasta el 15% del importe de los gastos que se generen en el desarrollo de su actividad laboral.
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