Hacienda pone especial atención a las nuevas vías de fraude fiscal de un colectivo muy concreto de trabajadores. Nos referimos a las nuevas profesiones que están relacionadas con el auge de los empleos tecnológicos, el teletrabajo y los negocios digitales. Unos profesionales que desarrollan su ámbito de actuación en internet, ofreciendo servicios online y, en algunos casos, en streaming.
Las nuevas profesiones y negocios digitales están en el punto de mira de Hacienda: los “nómadas digitales”
Los profesionales que desarrollan su actividad laboral y económica en Internet han favorecido nuevas vías de fraude laboral y tributario. La AEAT ha puesto en el punto de mira a este colectivo. Esto se debe a que se está produciendo una situación peculiar, la cual favorece que haya trabajadores por cuenta ajena desarrollando su actividad en España, cuyas empresas, sin embargo, tienen el domicilio fiscal fuera del espacio económico de la Unión Europea.
Algunos de estos nuevos formatos laborales, que acuñan términos como el de “nómadas digitales”, están aumentando las irregularidades tanto en las obligaciones con la Agencia Tributaria como las relacionadas con la Seguridad Social. Esto es así, porque aprovechan las lagunas existentes en la normativa, tanto en materia fiscal como laboral, cuya velocidad de actualización va más lenta, que el desarrollo de todas estas nuevas actividades en la red de redes, escapando al control de la administración pública.
Muchos nómadas digitales con sede en España son extranjeros y se amparan en la “Ley Beckham”
Este nuevo escenario del mercado laboral, pone en valor el relevante cambio que se está produciendo en lo últimos años en el modelo productivo, con el auge del empleo tecnológico a la cabeza. En España, muchos de estos puestos de trabajo en el ámbito digital los están desarrollando personal extranjero, ubicado sobre todo en ciudades situadas en la costa mediterránea.
Según apunta un reciente artículo publicado por Gestha (Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda), estos profesionales que vienen a nuestro país, y que tienen una nacionalidad fuera del ámbito comunitario europeo, se están acogiendo a la “ley Beckham”. Esto les permite “soportar en el IRPF una cuota de solo el 24% para ingresos salariales de hasta 600.000 euros (el grueso de los cuales tributarían al 45%), a lo que se suman las exenciones por pagos en especie, como los materializados mediante, casas, coches y bonos de transporte”.
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