Los propietarios de viviendas en alquiler tendrán más deducciones en la declaración de la Renta. Así lo contempla la nueva Ley de Vivienda, aprobada el año pasado, pero que ha entrado en vigor recientemente, en concreto, desde 1 de enero de 2024. Esta nueva normativa permitirá un incremento de las deducciones en la declaración en los ingresos de los inmuebles que se tengan en alquiler.
La nueva ley se pone en marcha para frenar los elevados precios del alquiler
Con la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, se pretende facilitar el acceso a la vivienda a todos los ciudadanos. A ese respecto, no hay que olvidar que se trata de un derecho constitucional. Por lo tanto, desde el Gobierno central se implementan medidas como esta, con el objeto de frenar los precios del alquiler. Para que un mayor número de personas pueda encontrar una vivienda digna.
Esta nueva medida va a permitir que los pequeños propietarios de viviendas, puedan deducirse de los ingresos obtenidos por el alquiler, entre el 50% y el 90%. Eso sí, la medida se empieza a aplicar en el ejercicio 2024, por lo que no se podrá deducir hasta la campaña de la Renta del año que viene, esto es, la que se presente en la primavera de 2025.
Requisitos que deben cumplir los propietarios para beneficiarse de estas bonificaciones en la Renta: hasta el 90%
Los propietarios de pisos y casas en alquiler, que quieran beneficiarse de bonificaciones del 50% en la declaración de la Renta, necesitan tener como máximo un total de 5 inmuebles. Sin embargo, deben estar situados en zonas que hayan sido consideradas como “tensionadas” por la comunidad autónoma.
Una zona “tensionada” es aquella que se considera tiene una oferta insuficiente para la población que allí habita. Esto puede suceder por distintos motivos, uno de ellos es el precio elevado del alquiler. Además, las bonificaciones pueden ser aún mayores en algunas de estas circunstancias:
- 70% de deducción:
- En caso de alquileres sociales, arrendados por entidades públicas u organización sin ánimo de lucro.
- Si se pone por primera vez una vivienda en alquiler.
- Si se alquila a inquilinos de entre 18 y 35 años.
- O a personas vulnerables con ingresos inferiores al IPREM.
- 90% de deducción, se aplicaría si los arrendatarios alquilan pisos en zonas tensionadas, que rebajen el precio del alquiler un 5% con respecto al contrato anterior.
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