La Agencia Tributaria informa a las personas que tienen derecho a la deducción por maternidad, que pueden desgravarse también en la declaración de la Renta, los gastos de guardería o de centros de educación infantil. El abono se producirá por el importe que se haya pagado por dichos servicios a meses completos, durante el transcurso del año fiscal 2023.
Condiciones para que la deducción por maternidad del IRPF se puede incrementar incorporando los gastos de guardería
La deducción por maternidad consiste en un importe de 1.200 euros por cada hijo menor de 3 años. Es un beneficio fiscal que puede desgravarse a la hora de declarar la Renta. También, puede solicitarse en la AEAT el abono anticipado, aunque para ello hay que presentar el modelo 140, para cobrar 100 euros mensuales.
¿Qué gastos de guardería o centros de educación infantil son deducibles?
Dicha deducción se puede incrementar con hasta un máximo de 1.000 euros, por gastos de guardería o centros de educación infantil. Aunque en este caso no se puede solicitar por anticipado, es decir, que solo se hace efectiva al presentar la declaración de la Renta. Estos son los gastos, debidamente justificados, que se pueden incluir:
- Preinscripción.
- Matrícula.
- Asistencia en horario general o ampliado.
- Alimentación.
Requisitos que deben cumplir los hijos para dar derecho a la deducción
Tal y como informa la web de Hacienda, para tener derecho a las deducciones en el IRPF es necesario que los hijos sean por naturaleza “desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquel en que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive”. Aunque también, es posible en estos 2 casos:
- En “hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo o de delegación de guarda, para la convivencia pre adoptiva”. Aunque es este caso, la “deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil”.
- También, dan derecho a aplicar la deducción los “menores en régimen de tutela”. En este caso, “el tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años de edad”.
Para más información, sobre otros temas relacionados con la declaración de la Renta, recomendamos visitar nuestra plataforma web de noticias de Andalucía.