Los intercambios de dinero de forma gratuita, esto es, las donaciones entre familiares, amigos o conocidos, también tributan. Los regalos de dinero entre personas, es decir, sin que medien préstamos con intereses de por medio, ni ningún tipo de ánimo de lucro, también están regulados por Hacienda y hay que tributar por ellos.
Las donaciones en dinero deben declararse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Según la normativa vigente, cuando hay una donación de dinero, fondos de inversión o acciones, el que recibe es el que está obligado a declarar el “regalo” mediante el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este impuesto es competencia autonómica, por lo que cada comunidad autónoma es la que decide a partir de qué cantidad hay que pagar.
El Impuesto de Sucesiones debe presentarse, especialmente si la cantidad que ha sido abonada es elevada. Esto es así debido a que, si Hacienda observa de repente que suben tus ingresos y no lo comunicas, puede pesar que se trata de una ganancia no justificada. Esto te obligaría a tributar por ella en la declaración del IRPF, al tipo marginal, lo cual puede ser hasta el 56% y, además, tener una sanción económica
Plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones: modelo 650
El Impuesto de Sucesiones, modelo 650 de la Agencia Tributaria, hay que presentarlo en el plazo de 30 días desde que se recibe la donación. Además, es necesario que el “regalo” de dinero se formalice por escrito, para que quede constancia el origen de los fondos que se intercambian. Recordemos que en muchas comunidades autónomas la herencia entre padres e hijos prácticamente casi no tributa. Por este motivo, y siempre que sea posible, a veces es mejor esperar a recibir la herencia en vez de una donación, con el fin de ahorrar en impuestos.
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