El próximo 3 de abril, comenzará la campaña de la Renta 2024, en la que deben declararse los rendimientos económicos correspondientes al ejercicio fiscal 2023. Hacienda ha confirmado las deducciones fiscales por maternidad de las que se pueden beneficiar las contribuyentes que presenten la declaración este año. La primera vez en la que la será obligatorio hacerlo exclusivamente por vía digital.
¿Quién puede beneficiarse de la deducción por maternidad en la Renta 2024?
Según indica la plataforma web de la Agencia Tributaria, “la deducción por maternidad corresponde a las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes” y se encuentre en alguna de estas tres situaciones, según indica la normativa vigente:
- Que en el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
- Que en el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
- En cualquier momento posterior al nacimiento, pero que estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, con un mínimo de 30 días cotizados.
Tan solo hay una excepción, que se produciría en caso de que en esos meses uno de los 2 progenitores esté cobrando el complemento de ayuda para la infancia del Ingreso Mínimo Vital. Asimismo, también podrán disfrutar de la deducción, cuando cumplan alguna de las condiciones, anteriormente citadas:
- El padre o tutor:
- Cuando la guarda y custodia la tenga en exclusiva.
- En caso de fallecimiento de la madre.
- Ambos progenitores adoptantes si son del mismo sexo.
Este es el importe máximo de la deducción anual por cada hijo
El importe máximo de la deducción por maternidad es de 1.200 euros por cada hijo a cargo. Tal y como indica la web de la AEAT: “La deducción se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que cumplas los requisitos, siempre que, durante dichos meses, ninguno de los progenitores perciba, en relación con este menor, el complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley que establece el ingreso mínimo vital”. El abono anticipado de la deducción se puede solicitar mediante el modelo 140.
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