Los beneficios fiscales, por ser madre o padre, tienen un límite. En este aspecto, Hacienda dice que los hijos se pueden incluir en la declaración de la Renta a efectos de conseguir deducciones fiscales en el IRPF, hasta que cumplan los 25 años. Sin embargo, ¿qué sucede con los hijos menores de esa edad que trabajan, pero siguen conviviendo con los padres en el domicilio familiar?
Esto es lo que ocurre con los hijos que trabajan y conviven con sus padres
Para que los progenitores puedan incluir a un hijo menor de 25 años en la declaración de la Renta, deben darse varias circunstancias. Tan solo pueden rebasar dicha edad los descendientes que sean dependientes económicamente y que tengan reconocido un grado de discapacidad reconocida, igual o superior al 33%. El resto deben cumplir estos requisitos aparte de la edad:
- El hijo/a debe convivir con los padres en el mismo domicilio. También, vale si son estudiantes y viven fuera, incluso si están estudiando extranjero, pero no tienen ingresos propios.
- Debe depender económicamente de los progenitores.
- El hijo no debe tener rentas anuales superiores a 8.000 euros.
- Tampoco puede haber presentado el IRPF, declarando rentas superiores a 1.800 euros al año.
Cómo incluir a los hijos en la declaración de la Renta
Los hijos se incluyen en la Renta en el apartado correspondiente a los “datos identificativos”. Para ello, hay que facilitar su nombre y DNI, si procede. Asimismo, si el hijo o hija ha trabajado durante el ejercicio fiscal 2023 y ha ganado menos de 8.000 euros en total, sus rentas se sumarán a las del resto de la unidad familiar con las que convive. Para ello, tendrá que utilizar la casilla 22, es decir, la referente al “rendimiento neto del trabajo”.
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