Cuando se recibe una notificación de Hacienda, lo mejor es hacerse cargo de la misma, y comprobar el plazo para alegar o recurrir, según proceda. La Agencia Tributaria puede enviar hasta 7 tipos de cartas a los contribuyentes. En cualquier caso, recomendamos hacer caso a los requerimientos de la administración tributaria. No hacerlo puede ser considerado como una infracción grave y dar lugar a importantes sanciones económicas.
Estos son los 7 tipos de notificaciones o cartas que pueden llegar de Hacienda
Las notificaciones de Hacienda suelen estar relacionadas con algún requerimiento que se manda al contribuyente. Por ejemplo, para solicitarle información o algún tipo de documentación que falta para la correcta gestión de un procedimiento en curso. Un contribuyente puede recibir estos 7 tipos de cartas o notificaciones procedentes de la AEAT:
- Providencia de apremio: Informa que hay una deuda tributaria pendiente de abonar.
- Diligencia de embargo: Deuda con el Tesoro Público que debe ser solventada de inmediato.
- Investigación fiscal: Nos comunica el inicio de un procedimiento de comprobación, que incluye una cita para comparecer en una oficina de la Agencia Tributaria.
- Expediente sancionador: Informa que se ha cometido una infracción.
- Carta comunicativa: Es meramente informativa.
- Comprobación: Para verificar datos aportados.
- Información respecto a un tercero, en calidad de deudor, proveedor o cliente.
¿Qué hacer cuando se recibe una carta con una notificación de Hacienda?
Por norma general, cuando se recibe una notificación de Hacienda se debe responder en el plazo de 10 días hábiles. Si se recibe por correo postal y no estás en casa, el cartero dejará en tu buzón un aviso para que la recojas en la oficina de Correos. Si no lo haces, el requerimiento finalmente se anunciará públicamente en el BOE, por lo que la administración considerará que ya has sido informado.
Asimismo, las comunicaciones de Hacienda están a disposición del contribuyente, durante 90 días, de forma telemática. Pueden consultarse online en el portal web de la AEAT. No abrir una notificación digital también puede ser objeto de infracción. Por lo tanto, recomendamos hacer frente en todo momento a los requerimientos de Hacienda y contar con el asesoramiento legal de un experto, si fuera necesario.
Para más información relacionada con otras noticias de actualidad, recomendamos visitar nuestra plataforma web de la comunidad autónoma de Andalucía. Síguenos a diario para estar informado/a.